Boletines/Chascomús

Decreto Nº696/22

Decreto Nº 696/22

Chascomús, 26/07/2022

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo N°4030-159085/Y caratulado “Solicitud de ayuda económica para gastos de subsistencia”, iniciado por la Dirección de Políticas Comunitarias; y

Considerando

Que surge del informe citado, que el grupo familiar reside en una vivienda que alquila y que los ingresos monetarios proceden únicamente de la asistencia económica que brinda el padre de las hijas, concluyendo la trabajadora social actuante en la procedencia del otorgamiento de un subsidio por el monto equivalente al SMVM.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable al otorgamiento del subsidio peticionado debiendo controlarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio a la Sra. YOUNG, Liliana Isabel, DNI Nº 21.567.090 tramitado mediante Expediente Administrativo Nº 4030-159085/Y “Solicitud de ayuda económica para gastos de subsistencia”, para cubrir gastos diarios de la misma y su grupo familiar de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de Pesos Doscientos Ochenta y Siete Mil Cien ($287.100), a otorgarse en Seis (6) cuotas iguales y consecutivas de Pesos Cuarenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta ($47.850) cada una, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese 5.1.4., Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección  de Políticas comunitarias, Contaduría, Tesorería y beneficiaria.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-