Boletines/Chascomús

Decreto Nº675/22

Decreto Nº 675/22

Chascomús, 20/07/2022

APROVACION RENDICION CTA. RIFA 2020-2022 ASID

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030 -158635 caratulado “Rendición de Cuentas. Rifa Periodo 2020 – 2022” unido por cuerda al expediente Administrativo Nro. 4030-147689/A caratulado “Solicitud Autorización de Rifa 2020/2021; y

Considerando

Que la Asociación para la Integración del Discapacitado (ASID) inicio oportunamente el Expediente Administrativo Nro.  4030 -147689/A solicitando la autorización del lanzamiento de una rifa para el periodo 2020-2021 mediante la cual obtendrá fondos para el mantenimiento general del establecimiento.

Que la entidad solicitante obtuvo por Decreto N° 165/2020 de fecha 11 de Marzo de 2020 autorización para la circulación de la rifa solicitada. 

Que al momento de efectuar la rendición requerida por la normativa vigente se constató que la entidad organizadora de la rifa no presento la totalidad de la documentación que la misma exige.

Que lo expuesto motivo el dictado de la Resolución Nro. 105/2022 la cual dispone en su Artículo 1°: Otórguese a la Asociación para la Integración del Discapacitado (ASID) el plazo de diez (10 días) hábiles administrativos  para que acredite: 1.Constancia documental sobre la finalidad dada a los fondos obtenidos con la debida copia o fotocopia de los comprobantes certificados por Escribano Publico o Juez de Paz los cuales deben ser coincidentes con lo proyectado y autorizado a través del Decreto que autoriza. 2  Acreditación documental del abono correspondiente al 5 % ( cinco por ciento ) del monto total de la rifa según el artículo 5 del Decreto 165/2020.

Que la entidad solicitante acompaña la totalidad de la documentación que se le requirió, detallando los gastos, compras realizadas, comprobantes de las mismas y depósito de la tasa municipal, conforme luce agregada a fs  29/80.     

Que si bien el acta adjuntada sobre el detalle de los números no cobrados, no vendidos y extraviados no es un acta notarial como requiere la ordenanza vigente, ha sido incorporada a las actuaciones administrativas brindándole ello fecha cierta (conf. Art.317/CCyC) por lo que se entiende cumplida la finalidad de la norma de acuerdo al Dictamen de la Dirección de Asuntos Legales.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Apruébese la Rendición de Cuentas de la rifa efectuada por la Asociación  para la Integración del Discapacitado periodo 2020-2022  autorizada por Decreto Nro. 165/2020.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Dirección de Relaciones Institucionales y Asociación para la integración del Discapacitado (ASID) a través de la Dirección  Relaciones Institucionales.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario  de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).- 

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-