Boletines/Chascomús
Decreto Nº 649/22
Chascomús, 12/07/2022
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-153636 /M Alcance (I) sobre “Renovación. Subsidio. Económico. Acompañante Terapéutico” iniciado por el Servicio Social del Hospital San Vicente Paul; y
Considerando
Que mediante Memorandum de fecha 29 de Junio solicita la Secretaria de Salud dar curso a la renovación del subsidio dispuesto oportunamente para solventar los gastos de un acompañante terapéutico, comprendiendo dicha renovación los meses del 2° semestre del año 2022 ( Julio - Dic ).
Que a fs. 2/3 se adjunta presupuesto e informe de los profesionales tratantes.
Que el plan de trabajo propuesto tiene como objetivo sostener el acompañamiento terapéutico durante el año en curso, evaluándose la vertiente temporal del encuadre y la modalidad de trabajo en pos de los objetivos.
Que el Estado debe garantizar derechos y favorecer el desarrollo integral en relación a cada niño, niña y adolescente adoptando cuanta medida sea adecuada para hacer efectivo los mismos, asegurando al niño un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable al otorgamiento del subsidio peticionado debiendo controlarse por parte de la Secretaría de Salud la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio para cubrir el pago de un Acompañante Terapéutico para su hijo menor de edad, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 86.400), a otorgarse en seis (6) cuotas consecutivas, abonándose cada mes la Suma de Pesos Catorce Mil ( $ 14.400), sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-
ARTICULO 3°.- Autorizase la percepción del subsidio otorgado por el presente decreto .-
ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 11101111600, Categoría Programática 62.04.00, Partida 5.1.4., Fuente 110.-
ARTICULO 5°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaria de Salud Pública, Servicio Social del Hospital Municipal, Contaduría, Tesorería y beneficiario.-
ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Salud Pública (Marcela Arias).-
ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-