Boletines/Chascomús
Decreto Nº 645/22
Chascomús, 07/07/2022
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Electrónico EX-2022-00012494-CHASCOMUS-DAL#SG iniciado a raíz de la solicitud de un subsidio por la Cooperadora del Hospital Municipal San Vicente de Paul; y
Considerando
Que, tal cual se indica en la solicitud, durante los últimos años de pandemia la Cooperadora del Hospital San Vicente de Paul ha trabajado en conjunto con la Secretaría de Salud, apoyando acciones que se llevaron a cabo para atender la inédita situación provocada por el COVID-19.
Que, en ese sentido, colaboraron con elementos como gazebos, sillones, etc. durante los diversos operativos de salud que se llevaron adelante desde las distintas áreas municipales.
Que, atento a que dichos elementos han sufrido un desgaste acorde con el uso intensivo que la situación sanitaria demandaba, se solicita el otorgamiento de una ayuda económica estimada en Pesos Setenta Mil ($70.000) que permitiría reparar, reponer o adquirir nuevos elementos, para seguir acompañando las acciones que se realicen en la promoción de la salud.
Que la Cooperadora se encuentra inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público bajo el Nº Y-00-04, con personería jurídica Matrícula Nº 11451, Legajo Nº 61267, otorgada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, y no adeuda documentación alguna.
Que resulta necesario favorecer a esta entidad tan importante en el acompañamiento de las tareas, tanto del Hospital Municipal como en la de los equipos relacionados al área de salud.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórguese un subsidio a la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal San Vicente de Paul por un monto de Pesos Setenta Mil ($70.000), sin cargo de reintegro y con rendición de cuentas, de acuerdo a lo indicado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 01.00.00, Partida 5.1.7.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Salud, Contaduría y a la Cooperadora del Hospital Municipal San Vicente de Pau.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Salud Pública (Marcela Arias) y el Señor Secretario de Hacienda Interino (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-