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Ordenanza Nº7615/22

Ordenanza Nº 7615/22

Puan, 27/07/2022

Corresponde al Expte. N°1012/04

ORDENANZA

ORDENANZA N° 7 6 1 5 / 2 2

ARTICULO 1°.-Se modifica el Artículo 2° de la Ordenanza N° 3451/04, quedando el  mismo redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2º.-Los establecimientos de Engorde Bovinos a Corral y Feed Lot deberán instalarse a una distancia no menor a los 3.000 metros del ejido urbano (fuera del área urbana según la delimitación de áreas y zonas), y de todo aquel “Paisaje Protegido Distrital” (declarado en función de la Ordenanza N° 7590/22).

ARTÍCULO  2°.-  Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos y cumplido, archívese.-

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA  A VEINTISIETE  DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL  VEINTIDOS.

Graciela  M. Montemuiño, Secretaria Legislativa. Intelisano, Franco Andres; Presidente