Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 471/17
Tres de Febrero, 23/05/2017
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/1958, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Provincial Nº 2980/2000 Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y
Considerando
Que por el plexo normativo citado en el Visto se regula el procedimiento de adquisiciones de bienes y servicios que rige en la Municipalidad de Tres de Febrero;
Que por el presente actuado tramita la “contratación de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del sistema integral de monitoreo urbano”.
Que la Secretaría de Seguridad ha dado inicio al presente actuado, detallando los servicios de mantenimiento cuya contratación se propicia;
Que la referida instancia ha elaborado los Proyectos de Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la presente, todo de conformidad con la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;
Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias, el presupuesto oficial para la contratación de servicio de mantenimiento descriptos en los Pliegos de aplicación, asciende a la suma de Pesos Catorce Millones Doscientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con 40/100 ($14.250.446,40.-);
Que en atención a la envergadura de la presente licitación, y el volumen de los documentos licitatorios, se ha valorizado el pliego de aplicación en Pesos Siete Mil Doscientos ($7.200,00.-);
Que fundamenta este proceder de la administración, la protección de los intereses económicos del Municipio que debe observar en todas las etapas del proceso licitatorio los criterios de austeridad y ahorro en el uso de sus recursos, los que en el particular podrían resultar menguados por la extensión y cuantía de la documentación objeto de la presente, tornándose la gratuidad del pliego en una formalidad costosa e innecesaria;
Que este recaudo se impone a todo aquel que pretenda presentarse como oferente en la Licitación Pública de marras, sin que represente un óbice a la concurrencia e igualdad de los potenciales interesados;
Que a los fines de lograr de mejor manera el objetivo expresado y asegurar la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes posibles, resulta oportuno convocar a un llamado a Licitación Pública en los términos arriba expuestos;
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de aplicación y llame a la Licitación Pública Nº 25/2017 con el objeto de la “contratación de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del sistema integral de monitoreo urbano”
Que el presente procedimiento cuenta con el correspondiente compromiso y respaldo presupuestario a fin de hacer frente a las erogaciones propiciadas;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobadas por Decreto Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el Decreto Nº 2980/00,
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirán la Licitación Pública Nº 25/2017, los que forman parte integrante del presente.
ARTICULO 2º.- Llámese a la Licitación Pública Nº 25/2017 para la “contratación de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del sistema integral de monitoreo urbano” para el día 16 de Junio de 2017, a las 12 horas, con un presupuesto oficial de Pesos Catorce Millones Doscientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con 40/100 ($14.250.446,40.-). Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero hasta el día y hora indicado en el presente artículo, de acuerdo a los Pliegos aprobados por el Artículo 1º del presente.
ARTICULO 3º.- Autorízase a la Dirección de Contrataciones dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir Circulares aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el Artículo 1º del presente, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones Generales ni del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de aplicación.
ARTICULO 4º.- Fíjese el valor del Pliego en la suma de Pesos Siete Mil Doscientos ($7.200,00.-) el cual podrá ser adquirido en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero.
ARTICULO 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio en vigor.
ARTICULO 6º.- El presento Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Sr. Secretario de Seguridad.
ARTICULO 7º.- Remítese las invitaciones de rigor y dese cumplimiento a las publicaciones correspondientes de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por el término de dos (2) días con quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tres de Febrero, dos (2) días en un diario de distribución masiva del Municipio de Tres de Febrero y en la página de Internet de la Municipalidad.
ARTICULO 8º.- Regístrese. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección de Contrataciones.