Boletines/Tres de Febrero

Decreto Nº407/17

Decreto Nº 407/17

Tres de Febrero, 04/05/2017

Visto

La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/1958, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Provincial Nº 2980/2000 Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y

Considerando

Que por el plexo normativo citado en el Visto se regula el procedimiento de adquisiciones de bienes y servicios que rige en la Municipalidad de Tres de Febrero;

Que por el presente actuado tramita la contratación de servicios de repavimentación y obras complementarias en Avenida Gaona;

Que la Secretaría de Desarrollo Urbano ha dado inicio al presente actuado, detallando los servicios de repavimentación cuya contratación se propicia;

Que la referida instancia ha elaborado los Proyectos de Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo I y II, y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirá la presente, todo de conformidad con la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;

Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias, el presupuesto oficial para la repavimentación y obras complementarias descriptos en los Pliegos de aplicación, asciende a la suma de Pesos Veinticinco Cincuenta y Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Veinticinco ($58.545.325,00.-);

Que en atención a la envergadura de la presente licitación, y el volumen de los documentos licitatorios, se ha valorizado el pliego de aplicación en Pesos Veintinueve Mil Doscientos Setenta y Tres ($29.273,00.-);

Que fundamenta este proceder de la administración, la protección de los intereses económicos del Municipio que debe observar en todas las etapas del proceso licitatorio los criterios de austeridad y ahorro en el uso de sus recursos, los que en el particular podrían resultar menguados por la extensión y cuantía de la documentación objeto de la presente, tornándose la gratuidad del pliego en una formalidad costosa e innecesaria;

Que este recaudo se impone a todo aquel que pretenda presentarse como oferente en la Licitación Pública de marras, sin que represente un óbice a la concurrencia e igualdad de los potenciales interesados;

Que a los fines de lograr de mejor manera el objetivo expresado y asegurar la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes posibles, resulta oportuno convocar a un llamado a Licitación Pública en los términos arriba expuestos;

Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de aplicación y llame a la Licitación Pública Nº 22/2017 con el objeto de la contratación de servicios de repavimentación y obras complementarias en Avenida Gaona;

Que el presente procedimiento cuenta con el correspondiente compromiso y respaldo presupuestario a fin de hacer frente a las erogaciones propiciadas;

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero;

Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobadas por Decreto Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el Decreto Nº 2980/00,

EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA

ARTICULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo I y II, y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirán la Licitación Pública Nº 22/2017, los que forman parte integrante del presente.

ARTICULO 2º.- Llámese a la Licitación Pública Nº 22/2017 para la contratación de servicios de repavimentación y obras complementarias en Avenida Gaona para el día 1 de Junio de 2017 a las 12 horas, con un presupuesto oficial de Pesos Cincuenta y Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Veinticinco ($58.545.325,00.-). Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero hasta el día y hora indicado en el presente artículo, de acuerdo a los Pliegos aprobados por el Artículo 1º del presente.

ARTICULO 3º.- Autorizase a la Dirección de Contrataciones dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir Circulares aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el Artículo 1º del presente, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones Generales ni del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de aplicación.

ARTICULO 4º.- Fíjese el valor del Pliego en la suma de Pesos Veintinueve Mil Doscientos Setenta y Tres ($29.273,00.-) el cual podrá ser adquirido en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero.

ARTICULO 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio en vigor.

ARTICULO 6º.- El presento Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Sr. Secretario de Desarrollo Urbano.

ARTICULO 7º.- Remítase las invitaciones de rigor y dese cumplimiento a las publicaciones correspondientes de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia  de  Buenos Aires,  por el  término de dos (2) días  con quince (15) días  hábiles  de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tres de Febrero, dos (2) días en un diario de distribución masiva del Municipio de Tres de Febrero y en la página de Internet de la Municipalidad.

ARTICULO 8º.- Regístrese. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección de Contrataciones.