Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0982/22

Decreto Nº 0982/22

San Andrés de Giles, 14/02/2022

Visto

El Expediente Nº 4101-12.728 -0-2022 , cuyas actuaciones refieren al convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles; y

Considerando

Que el referido acuerdo tiene como objeto el otorgamiento por parte del citado Ministerio a la Municipalidad para financiar la adquisición de materiales , con destino a la realización del Proyecto “Mejora Camino Cucullú-Villa Ruiz” de acuerdo a lo establecido en el Formulario Proyecto Caminos Rurales que forma parte integrante del Convenio Como Anexo I

Que el expediente de referencia cuenta con los dictámenes pertinentes de la señora  Contadora Municipal  Interina  y el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos

Que al respecto el titular del área de Obras y Servicios de la Municipalidad, según manifiesta en su informe , ha incorporado el Proyecto Formulado oportunamente en el marco del “Plan Estratégico de Caminos Rurales” en el que se detallan las especificaciones técnicas de construcción de la señalada obra;

Que la misma será realizada con recursos humanos,  técnicos y equipos  de la Municipalidad de San Andrés de Giles, en tanto que el aporte económico para la adquisición de los materiales necesarios estará a cargo del referido Ministerio;

Que, por lo precedentemente expuesto, y en virtud de las facultades que le otorga el artículo 41 del decreto ley N° 6769/58 –modificado mediante ley N° 15078-, es menester dictar el pertinente acto administrativo, a fin de homologar el convenio suscripto

Por ello el Intendente Municipal  Interino  en uso de atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

 

Artículo 1º:  Homologar el Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles como objeto el otorgamiento por parte del citado Ministerio a la Municipalidad para financiar la adquisición de materiales , con destino a la realización del Proyecto “Mejora Camino Cucullú-Villa Ruiz” de acuerdo a lo establecido en el Formulario Proyecto Caminos Rurales que forma parte integrante del Convenio como AnexoI Artículo 2º: Dejar establecido que en cada gasto que sea necesario erogar, deberá requerirse la intervención previa de la contaduría municipal, a efectos de determinar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria de la Municipalidad para afrontarlos.

Artículo 3º:  En virtud de lo establecido por el último párrafo del Artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al tratarse de financiamiento con recursos afectados, las ampliaciones o creaciones de partidas presupuestarias se practicarán directamente por el Departamento Ejecutivo, según el monto de los recursos efectivamente autorizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados.

Artículo 4º:  En virtud a lo establecido en el Convenio- Cláusula Segunda- en caso que el monto transferido por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, sea menor al necesario para la adquisición de los materiales, el Gobierno local deberá afrontar la adquisición del faltante con fondos propios . La norma a sancionar deberá facultar al Departamento Ejecutivo a introducir las modificaciones Presupuestarias pertinentes que permitan ejecutar los gastos que se derivan del Convenio suscripto.

Artículo 5º:  Requerir la intervención de las áreas contables, a efectos que se cumplan los procedimientos administrativos que correspondan y la realización de acciones tendientes a efectos  de la ejecución de la obra  motivo del convenio que por este acto se homologa.

Artículo 6º:  Registrar,  Publicar , dar vista a las áreas correspondientes, Comunicar  y oportunamente , archivar la presente norma.

 

 

 

 

Anexos

dec 0982

convenio e/ ministerio de desarrollo agrario y la municipalidad de san andres de giles

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