Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1594/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 11/07/2022
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
U.E. 11-01-2-0-1-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DEPARTAMENTO COORDINACION DE ENFERMERIA.
Nº O. C.F.Baja Denominación Meses
13186 4-02-00-01 Técnico Inicial 6
ARTICULO 2º.- Modifícase la Planta de Personal Permanente del Ente Municipal de Deportes y Recreación – EMDER - U.E. 01-02-0-0-0-00, dando de baja el cargo que se menciona a continuación:
C.F. Baja Denominación
4-06-74-03 Técnico I
ARTÍCULO 3º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
U.E. 11-01-3-0-0-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 35-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE ESPECIALIDADES MEDICAS AMBULATORIAS – CEMA.
Nº O. C.F. Alta Denominación
22303 4-06-74-03 Técnico I
ARTICULO 4º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, a la agente MARIA ROSA RADA (Legajo Nº 30.999/2 – CUIL 27-29359160-7), en el cargo de TECNICO I (C.F. 4-06-74-03 – 45 hs. semanales - Nº de Orden 22303), en la Dirección General del Centro de Especialidades Medicas Ambulatorias – CEMA (U.E. 11-01-3-0-0-00), dándosele de baja del cargo de Técnico I (C.F. 4-06-74-03 – 45 hs. semanales, en el Ente Municipal de Deportes y Recreación - EMDER - U.E. 01-02-0-0-0-00, dándosele por finalizado el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación Adicional por Actividad Critica equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación por Tarea Riesgosa, equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, el Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 - Prog. 35-00-00 - Fin. y Fun. 3-1-0 – UER. 8 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 4.
Para el Art. 4º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 3 - Ap. 1.
Para el Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 – Ap. 1.
Para el Art. 6º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap. 4.
ARTÍCULO 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO, la señora SECRETARIA DE SALUD y el señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION.
ARTÍCULO 10º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal, y dese intervención al Ente Municipal de Deportes y Recreación.