Boletines/Guaminí
Ordenanza Nº 6
Guaminí, 28/04/2022
La Ordenanza nro. 60/2013 que regula las cesiones de uso de inmuebles municipales y/o espacios públicos situados en zonas turísticas de este Partido, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho ordenamiento crea a tales efectos “Unidades Turísticas Fiscales” (UTF) configurando como tales a todo bien del Dominio Público o Privado Municipal reconocido como tal por Ordenanza y destinado a cualquier actividad, servicio, explotación, aprovechamiento o fomento turístico.
Que la recuperación del nivel del agua en la Laguna del Monte, el progreso del Balneario, tanto en infraestructura, mantenimiento y conservación, que se ha dado en forma paulatina a partir de 2012, ha devuelto el interés turístico en el Balneario y la costa en general situada sobre la localidad cabecera de Guaminí.
Que la creciente afluencia de turistas demanda la provisión de nuevos servicios, lo que redunda en beneficio de la actividad económica de la localidad.
Que, en ese contexto, se ha detectado la necesidad de organizar y optimizar un sector costero de la Laguna del Monte, cuyos bienes son de Dominio Municipal, dando continuidad a los servicios ofrecidos sobre la costa del balneario frente al paseo de las aves.
Que la creación de nuevas Unidades Turístico Fiscales en Lago del Monte abren oportunidades de diversificación para la oferta turístico – recreativa del mismo.
Que existe un pedido explícito de un grupo de 70 deportistas (residentes y no residentes) adeptos al KITESURF, que proponen un proyecto en el cual se pueda desarrollar esta práctica en Lago del Monte contando con un espacio determinado donde puedan nuclear la misma, así como también aceptando las regulaciones que el municipio determine sobre esta práctica .
Que la creación de nuevas UTF, y la modificación o supresión de las creadas debe ser declarada por nueva Ordenanza (art. 3°, 3er párr., ord. cit).
ORDENANZA
Art. 1° - Créase en el BALNEARIO DEL MONTE de este Partido de Guaminí la nueva UNIDAD TURISTICA FISCAL UTF – Del Monte 06: Expediente Administrativo Municipal N° 4056-12221/2022 Guaminí
Art. 2° - La ubicación de la UTF queda delimitada por la Parcela 8 de la Manzana 33 que se emplaza en zona alteada en la Laguna, situada sobre el paseo Costero Paseo de Las Aves Calle La Zanja. Se Constituye en de 21.65 metros de frente y 43,30 metros de fondo.
El Departamento Ejecutivo podrá por vía reglamentaria definir y/o ampliar y/o modificar los límites y superficies afectados en cada caso, estableciendo en su consecuencia las obligaciones y responsabilidades por la conservación del lugar y los recaudos de seguridad para los usuarios.
Art. 3° - Se constituye la apertura de calle interna para acceso a UTF sobre la misma Parcela 8 Manzana 33.
Art. 4° - A partir de la promulgación y plena vigencia de la presente, el Departamento Ejecutivo procederá a conceder el uso y explotación de la UTF creada, mediante cualquiera de los mecanismos previstos por la Ley Orgánica de las Municipalidades, por la Ordenanza marco nro. 60/2013 HCD Guaminí, por presente Ordenanza y por las condiciones que se estipulen en Pliego de Bases y Condiciones que a tal efecto se utilizará
Art. 5° - Comuníquese, regístrese y archívese.-