Boletines/Tapalqué

Decreto Nº0599

Decreto Nº 0599

Tapalqué, 19/07/2022

Visto y considerando

VISTO: La nota de la Secretaria de Acción Social mediante la cual solicita una ayuda económica con el objetivo de realizar el pago de deuda del servicio de gas a la empresa CAMUZZI GAS PAMPEANA a vecinos de nuestra localidad y; CONSIDERANDO: 1) Que mediante el decreto 0052/2022 se creó un fondo extraordinario de emergencia social destinado al pago de las deudas exigibles a vecinos del partido de Tapalqué para evitar la suspensión temporaria del corte de suministros de servicios esenciales para el desarrollo de la vida diaria; 2) Que de acuerdo en lo normado en el art. 130 del Reglamento de Contabilidad el Área de Acción Social deberá realizar los procedimientos administrativos necesarios para ayuda a indigentes, 3) Que se han completado las planillas detallando los datos de los beneficiados, causa y fecha del beneficio,

Por ello el Intendente Municipal, en uso de sus facultades decreta.

ARTICULO 1º: Autorizase a la Contaduría Municipal, a abonar a los beneficiarios que a continuación se detallan los montos establecidos para cada caso que serán utilizados para afrontar el pago de deudas exigibles según el siguiente detalle:

 

APELLIDO Y NOMBRE

DNI

N° DE CUENTA

CBU

PERÍODO A ABONAR

IMPORTE

Benavente

Luis

Pablo

30.339.940

73030111000035500

0140000701100004118224

CAMUZZI

Julio

$ 4.258,00

Agosto

$ 4.258,00

Septiembre

$ 4.258,00

Octubre

$ 4.258,00

 

 

 

 

Noviembre

$ 4.258,00

Vasquez Lopez Marianela

29.754.983

73030140700040183

0140000701100004118224

CAMUZZI

Julio

$ 4.007,92

Agosto

$ 4.007,92

Septiembre

$ 4.007,92

Octubre

$ 4.007,92

Noviembre

$ 4.007,92

Pardo Maria Jose

23.213.882

73030050600021610

0140000701100004118224

CAMUZZI

Julio

$ 29.492,10

Agosto

$ 29.492,10

Septiembre

$ 29.492,10

Octubre

$ 29.492,10

Noviembre

$ 29.492,10

Diciembre

$ 29.492,10

Cardoso Yanella

43.907.717

73030150900042506

0140000701100004118224

CAMUZZI

Julio

$ 2.783,15

Agosto

$ 2.783,15

Septiembre

$ 2.783,15

                                                          

ARTICULO 2º: El monto establecido en el artículo anterior será tomado de la cuenta que corresponda, del Presupuesto de Gastos en Vigencia.-

 

ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, regístrese y archívese.-