Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1783
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 19/07/2022
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria correspondiente al Certificado Nº 6, de la obra “REFACCIÓN EDILICIA CUBIERTA SANITARIOS Y OBRAS VARIAS EN E.P. Nº 52" ejecutada por la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 Y 3 el Departamento Proyectos y Obras informa por Expte. N° 0-4477-2020 (HCD-471-2020), Decreto N.º 225/2021, Ordenanza N° 20.223, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere a la aplicación del 80/100 de los indices que informa el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a los fines de reconocimiento de redeterminaciones de precio en los contratos de obra pública en carácter de provisoria (Decreto 1505/2020).
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados del certificado Nº 6 para la obra a cargo de la Empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L., cuya fecha de licitación: 09/08/2021, Fecha de Contrato: 13/09/2021, Acta de Replanteo: 13/10/2021, Plazo de obra: 180 días, Fin de Plazo de Obra: 11/04/2022.
Que de acuerdo a lo analizado por parte del Departamento Proyectos y Obras se informa que: “…Se analiza la variación de precio de la obra faltante considerando los últimos indices aprobados de Febrero 2022, donde se puede observar una variación de precio del 6,62 %, superior al 6 % que especifica la reglamentación.-
Certificado Nº 6: el Departamento Técnico verificó que para el mes de ejecución de los trabajos (Marzo 2022) no existió una variación que represente una disminución del precio del 6% con respecto a los últimos indices aprobados de Febrero de 2022.
Se analiza el certificado N.º 6 según índices del mes de Febrero 2022, últimos indices aprobados.
Mes de ejecución de los trabajos: Marzo 2022.
Fecha de Certificación: 01 de Abril 2022.
Fecha de publicación indices de Marzo 2022.: 08 de Abril de 2022.
Fecha de Presentación empresa: 18/04/2022.
Importe Certificado Redeterminado N.º 6: $ 3.748.688,40
Importe Certificado base N.º 6: $ 3.162.868,51
Importe diferencia del certificado N° 6: $ 585.819,88
Deducción por anticipo financiero: $ 117.163,98
Diferencia a Abonar por Certificado N.º 6: $ 468.655,90
Redeterminación provisoria 80/100: $ 374.924,72
El importe a Abonar del certificado provisorio N° 6 asciende a PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 374.924,72).
El incremento en porcentaje del certificado N° 6 redeterminado respecto al certificado N° 6 a valores de contrato es de 18,52 %.
Que a fojas 96 el informe de la abogada del Municipio manifiesta que no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por los articulo 11 y 21 del anexo correspondiente al Decreto 1505/2020 y 225/2021.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación provisoria de precio, el INTENDENTE MUNICIPAL , en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º: Aprúebase la Redeterminación Provisoria de Precios presentada por la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L. por el Certificado Nº 6 de la obra “REFACCIÓN EDILICIA CUBIERTA SANITARIOS Y OBRAS VARIAS EN E.P. Nº 52", resultando la suma a abonar de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 374.924,72), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 416R-3938-2022.-
ARTICULO 2°: La redeterminación aprobada en el articulo 1° tiene carácter provisorio y es a cuenta de lo que en más o en menos resulte de la redeterminación definitiva dispuesta según Decreto 2113/02.-
ARTICULO 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20 Art. 14º Anexo I.-
ARTICULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
ARTICULO 5°: Cúmplase; dése al RO.; notifíquese a la firma PROBRAS BAHÍA S.R.L. por intermedio del Departamento Proyectos y Obras, tome conocimiento el citado Departamento y pase al Departamento Compras. Cumplido ARCHÍVESE.-