Boletines/Tandil
Decreto Nº 2408/2022
Tandil, 15/07/2022
Visto
El contrato de alquiler del inmueble sito en calle 9 de Julio Nº 455 (UFs. 39, 40 y 49) de esta ciudad de Tandil, celebrado entre esta Municipalidad y la Sra. MARÍA NOELIA FERNIOT – D.N.I. 29.909.552, por el término de 3 (tres) años a partir del 1º de Junio del corriente año y hasta el 31 de Mayo de 2.025; y
Considerando
Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración, por las áreas Dirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Dése cumplimiento al contrato de alquiler del inmueble sito en calle 9 de Julio Nº 455 (UFs. 39, 40 y 49) de esta ciudad de Tandil, celebrado entre esta Municipalidad y la Sra. MARÍA NOELIA FERNIOT – D.N.I.29.909.552, por el término de 3 (tres) años a partir del 1º de Junio del corriente año y hasta el 31 de Mayo de 2.025. El monto de la locación suscripta asciende a la suma de Pesos doscientos sesenta mil ciento cincuenta ($ 260.150,00) iva incluído mensuales, por lo que el monto total para los tres años de la locación alcanzaría en principio a la suma de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 9.365.400,00), el que se hará efectivo por mes adelantado del 1º al 10 abonándose en cuotas iguales, mensuales y consecutivas por el importe mensual mencionado, ajustándose posteriormente para el resto de los meses del presente contrato, de acuerdo a lo establecido en el Art. 14º de la Ley 27.551, y conforme a lo establecido en la cláusula 4ta. del contrato.
Artículo 2º: Abónese de acuerdo a lo explicitado en la cláusula 10ma. a los martilleros intervinientes BERNARDO DE GALVAGNI, Matricula Nº 1.753, Tº VII, Fº44, y SERGIO DANIEL GREGORI, Matricula Nº1.752, Tº VII, Fº 43, la suma de ($ 93.654,00) a cada uno de los mencionados, en concepto de comisión, dentro de los 10 días de entrada en vigencia el presente contrato.
Artículo 3º: Deberá cumplimentarse con los gastos originados en la instrumentación del contrato, esto es, de acuerdo a lo prescripto en el Art. 50 – Ley 15.311, modificatorio de lo establecido en el Título IV del Libro II del Código Fiscal - Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2011) y modificatorias – en concepto de Impuesto a los Sellos.
Artículo 4º: Elévese el presente al Honorable Concejo Deliberante en razón de involucrar el citado contrato gastos con apropiación a más de un ejercicio de acuerdo a lo establecido Artículo 273º de la Ley Orgánica Municipal.
Artículo 5º: La erogación respectiva se imputará a la partida mencionada por la Dirección de Presupuesto en el informe obrante en el presente expediente.
Artículo 6º: Insistencia el gasto en concordancia con lo prescripto por el Art. 186º de la Ley Orgánica Municipal.
Artículo 7º: El presente decreto será refrendado por el Sr.Jefe de Gabinete de Secretarios.
Artículo 8º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.Tomen conocimiento, Contaduría General, Dirección de Patrimonio, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Oscar Alberto Teruggi (Jefe de Gabinete) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Jefatura de Gabinete de Secretarios - Intendencia