Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0287/22

Decreto Nº 0287/22

Coronel Pringles, 08/03/2022

Visto

el Expediente N° 0406/2022 iniciado por la Directora de Catastro, Vivienda y Tierras Ag. Geraldine Montes; y

Considerando

Que mediante el mismo informa que debe procederse con la selección de adjudicatarios para 26 viviendas pertenecientes al “Plan Reconstruir”, de acuerdo a la apertura del RUP (Registro Único de Postulantes) realizada entre los días 30 de agosto de 2021 a las 7.00 hs. hasta el 1 de octubre de 2021 a las 23.59 hs., solicitado por Expediente 4023-2135/2021;

Que dichas viviendas, pertenecientes al citado Plan, corresponden a un plan de 71 viviendas en la localidad de Coronel Pringles, y de acuerdo al grado de avance de obra que presentan, serían un total de 26 las que cuentan con las condiciones para ser adjudicadas;

Que las mismas se encuentran ubicadas de la siguiente manera: 6 viviendas en calle Newton (57) esquina Rauch (17), identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 177, Parcela 1, y las 20 restantes entre las calles Newton (57), Rauch (17), Almafuerte (57 bis) y Rodríguez (16), identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 153b;

Que en el marco de las Ordenanzas Nº 4.447/18, Nº 4.708/21 y el sistema de inscripción on line RUP (Registro Único de Postulantes) con apertura en la fecha ya citada, los adjudicatarios serán determinados y analizados conforme a los requerimientos y requisitos ya establecidos, que se detallan en el articulado;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;      

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Procédase con la selección de adjudicatarios para 26 viviendas pertenecientes al “Plan Reconstruir”, de acuerdo a la apertura del RUP (Registro Único de Postulantes) realizada entre los días 30 de agosto de 2021 a las 7.00 hs. hasta el 1 de octubre de 2021 a las 23.59 hs., solicitado por Expediente 4023-2135/2021, correspondientes a un plan de 71 viviendas en la localidad de Coronel Pringles, y que se encuentran ubicadas de la siguiente manera: 6 viviendas en calle Newton (57) esquina Rauch (17), identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 177, Parcela 1, y las 20 restantes entre las calles Newton (57), Rauch (17), Almafuerte (57 bis) y Rodríguez (16), identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 153b.

ARTICULO 2°: En el marco de las Ordenanzas Nº 4.447/18, Nº 4.708/21 y el sistema de inscripción on line RUP (Registro Único de Postulantes) con apertura en la fecha ya citada, los adjudicatarios serán determinados y analizados conforme a los requerimientos y requisitos ya establecidos, que a continuación se detallan:

  • Las viviendas, al no estar adaptadas para que vivan personas con discapacidad motriz, no se considerará el cupo del 10% para aquellas familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad;
  • No se podrá estar comprendido en dos cupos a la vez.
  • Si quedaran vacantes en algunos de los cupos establecidos por la Ordenanza, dicho porcentaje se sumará al cupo general del 40%;
  • Se seleccionarán los suplentes correspondientes, por cada cupo establecido;
  • Si hubiera igualdad de puntos la selección será por sorteo;
  • La prevalencia de los cupos será de la siguiente manera: emergencia social, discapacidad y familias monoparentales;
  • La no actualización de los datos en la página del RUP en el periodo de apertura establecido por el Expediente Nº 4023-2135/2021, implicará la no consideración para la selección de aspirantes;
  • El Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) fijado por el Gobierno Nacional será el del mes de octubre de 2021, ya que es el mes en que se cerró la inscripción;

ARTICULO 3°: Los porcentajes correspondientes establecidos en las Ordenanzas Nº 4.447/18 y Nº 4.708/21 son los siguientes:

  • 10% familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad;
  • 10% familias monoparentales;
  • 10% familias en situación de Emergencia Social;
  • 5% familias que hubiesen sido adjudicatarios de algún plan de viviendas social sin ejecución;
  • 6.25% familias que acrediten 24 meses continuos e ininterrumpidos previo a la inscripción como trabajadores municipales;
  • 6.25% familias que acrediten 24 meses continuos e ininterrumpidos previo a la inscripción como empleados rurales;
  • 6.25% familias que acrediten 24 meses continuos e ininterrumpidos previo a la inscripción como trabajadores de servicio doméstico;
  • 6.25% familias integradas por un ex combatiente de Malvinas;
  • 40% familias que cumplan con los requisitos o requerimientos ya establecidos y los que se solicitarán en esta nueva apertura del RUP, y que no estén encuadrados dentro de los cupos anteriores.

ARTICULO 3°: Cúmplase, Comuníquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0287/22.