Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6347/22
General Villegas, 14/07/2022
VISTO:
El Expediente Nº 4021/22, iniciado por la Asociación Civil Cuento con vos, solicitando una fracción del inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VIII; Sección C, Manzana 10, Parcela 5, para destinarlo a la instalación del centro de día; y
CONSIDERANDO:
Que se encuentra agregada la documentación respaldatoria de la entidad.
Que la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial interviene a fojas 26 informando que resulta factible otorgar una fracción de la parcela requerida ya que el inmueble no es usado en su totalidad desde el traslado de las dependencias de la Delegación al nuevo edificio donde funciona.
Que Departamento Catastro interviene a fojas 30.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 32 y 33.
Que el Estado Municipal, posee como uno de sus ejes principales de gestión la adopción de políticas públicas que permitan brindar mejores condiciones de vida a todos los integrantes de la comunidad.
Que la institución brinda un servicio eficiente y de gran importancia para la atención de las personas con discapacidad y tiende a lograr la máxima independencia personal, para que adquieran nuevos hábitos.
Que la Ley Nº 9533, faculta a conceder el uso de inmuebles correspondientes al dominio público municipal.
Que corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo en los términos de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Convalídese el contrato de comodato suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Asociación Civil Cuento con vos, mediante el cual se le concedió el uso de una fracción de 105 m2 metros cuadrados aproximadamente del inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 10, Parcela 5, ubicado en calle Santa Cruz s/n e/San Martín y Güemes de Piedritas.
ARTÍCULO 2º: El espacio individualizado en el artículo primero deberá ser destinado a la instalación y puesta en funcionamiento de un Centro de día para la atención de personas con discapacidad.
ARTÍCULO 3º: El plazo de cesión se establece en 5 años, a partid del 1 de junio de 2022 y hasta el 31 de mayo de 2027, con opción a prorrogarlo hasta el plazo máximo de ley.
ARTÍCULO 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación necesaria para dar cumplimiento a la presente ordenanza.
ARTÍCULO 5º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones operativas, contables, presupuestarias y administrativas necesarias a fin de poner en ejecución lo dispuesto en la presente
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.