Boletines/General Villegas
Decreto Nº 513/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 25/03/2022
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 3288/19, mediante el cual se tramitó la Licitación Pública 3/19 destinada a la “Terminación de tinglado y construcción de sanitarios - Polideportivo Parque Municipal”; y
CONSIDERANDO:
Que se intentó por todos los medios disponibles lograr la finalización de las obras encomendadas a la empresa contratista sin que éstas numerosas gestiones tuvieran éxito.
Que de los informes de la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial y la Dirección de Asuntos Jurídicos surge que la empresa contratista se encuentra en una inalterable situación de incumplimiento.
Que en las ocasiones que la empresa ha intervenido, lo ha
hecho de manera esporádica, aislada y sin autorización, tal como informa en fecha 10 de marzo 2022 la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial que los operarios se presentaron sin previo aviso en las instalaciones, dejando los paños levantados sin pegar ocasionando la inhabilitación de las actividades deportivas.
Qué, cabe mencionar que la llegada e ingreso de los operarios al polideportivo fue detectada por personal de mantenimiento del predio del Parque Municipal.
Que es menester destacar que pese a haber otorgado plazos determinados para el cumplimiento de las intimaciones oportunamente cursadas, la empresa contratista hizo caso omiso a los tiempos dispuestos, contestando siempre de manera extemporánea e informal, movilizados únicamente por su caprichosa voluntad.
Que la problemática situación en la obra se mantiene sin solución desde hace ya más de ocho meses, el estado actual de la obra requiere sin más, una enérgica interrupción de las gestiones con la contratista y una resolución definitiva.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene sugiriendo iniciar las acciones correspondientes a la ejecución de la garantía aportada y se autorice a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial a ordenar la ejecución de las obras pendientes de realización por sí o por un tercero a costa y cargo de la empresa contratista.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Aplíquese a la empresa contratista Ernesto Tarnousky S.A., en carácter de penalidad la ejecución de la Garantía de Fondo de Reparo y la ejecución de los mayores gastos que resulten necesarios.
ARTÍCULO SEGUNDO: Autorícese a la Dirección de Asuntos Jurídicos a iniciar las acciones tendientes a la ejecución de la Garantía de Fondo de Reparo constituido por el contratista Ernesto Tarnousky S.A., en concepto de cumplimiento de Contrato, conforme lo dispuesto por el Artículo 15 del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO TERCERO: Autorice a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial a ordenar la ejecución de las obras pendientes de realización por sí o por un tercero a costa y cargo de la empresa contratista.
ARTÍCULO CUARTO: Notifíquese a Ernesto Tarnousky S.A. lo dispuesto en el presente decreto, delegando tal facultad en el Subsecretario de Legal y Técnica a cargo de la Dirección de Asuntos Jurídicos Dr. Mariano Raúl Maranta y/o agente de la Dirección de Asuntos Jurídicos Dr. Santiago Urchipía.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial, Dirección de Obras Públicas, Compras, Contaduría, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.