Boletines/General Villegas
Decreto Nº 479/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 23/03/2022
VISTO:
El Expediente Nº 6554/21, iniciado por la señora Cecilia Vanesa Díaz, D.N.I Nº 30.141.382, solicitando la eximición de los impuestos municipales como así también el pago de la deuda que contrajo hasta la fecha, ya que su situación económica no le permite cumplir con dicho pago; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Catastro interviene a fojas 8 informando los datos del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 39, Manzana 39m, Parcela 13 ubicado en calle Julio A. Roca N° 244 de General Villegas.
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 20 informando que el bien inmueble objeto de las presentes actuaciones registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, desde la cuota 5 del 2019 hasta la actualidad, asimismo tambien adeuda Tributo de Venta de Viviendas.
Que con fecha 3 de febrero del corriente año se realizó un informe social, por el cual surge que la señora Díaz vive junto a sus dos (2) hijos menores de edad en la vivienda. La entrevistada y su hijo Ignacio gozan de buena salud, no contando con cobertura médica, en tanto su hija Morena posee retraso mental moderado, escoliosis, visión subnormal de ojos, sindrome de Down, es celiaca y cuenta con obra social IOMA, el ingreso mensual que percibe el grupo familiar proviene de una cuota alimentaria que le abona el padre de sus hijos que asciende a Pesos veintemil ($ 20.000), de una pensión no contributiva que asciende a la suma de pesos siete mil ($ 7.000) mensuales aproximadamente, beneficio de AUH y SUAF, manifiesta que hace un tiempo que conlleva una deuda con la Municipalidad, habiendose atrasado el pago porque no transitaba un buen pasar económico, sus ingresos no le alcanzan y se le dificulta por la discapacidad y problematicas alimenticias (celiaquia) que sufre su hija.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, analiza el presente caso sugiriendo eximir de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública” por el año 2022 y condonar la deuda correspondiente a las cuotas 5 y 6 del ejercicio 2019, 3 a 6 del año 2020, cuotas 1 a 6 del año 2021 de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 71º inciso b) 73° inciso a) y 75° de la Ordenanza Fiscal vigente y Artículo 1 del anexo 1 del Decreto 684/03.
Artículo 71 inciso b) deben ser pensionado, jubilado o carente de recursos.
Que el Artículo 73° indica que para gozar de los beneficios del Artículo 71° deben ser titular o usufructuario de vivienda única y habitarla.
Que el Decreto 684/03 Anexo 1, establece que podrán ser eximidos los que acrediten los gastos que se originan por problemas de salud y otros supuestos que a juicio del Departamento Ejecutivo merezcan ser considerados.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Condónase la deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” por las razones expuestas ut supra conforme al siguiente detalle:
CONTR N° |
DATOS CATASTRALES |
APELLIDO Y NOMBRE |
EJERCICIO |
CUOTAS |
13815 |
I – B – 39 – 39m - 13 |
Díaz Cecilia Vanesa |
2019 |
5 y 6 |
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2020 |
3 a 6 |
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2021 |
1 a 4 |
ARTÍCULO SEGUNDO: Exímase al Contribuyente por el ejercicio 2022, correspondiente a la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, en virtud de encuadrar en lo dispuesto en el Artículo 71° inciso “b”, 73° inciso “a” y “b” y 75° del Título VIII de la Ordenanza Fiscal vigente Artículo 1 del anexo 1 del Decreto 684/03.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamentos Catastro, Tesorería, Procesamiento de la Recaudación y Honorable Concejo Deliberante; cúmplase y archívese.