Boletines/General Villegas
Decreto Nº 399/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 15/03/2022
VISTO:
El Expediente N° 2415/22, iniciado por la Jefa del Departamento Personal, informando que la señora María Lucrecia Torres, procedió a efectuar la devolución de los haberes y SAC correspondiente al mes de agosto de 2021; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° 6579/21, se incurrió en error al informar la designación de la señora Torres como agente transitoria jornalizada, quien prestó servicios del 1 al 31 de julio de 2021. Por lo que se solicitó mediante Expediente N° 6579/21 Alcance 1, la rectificación del Artículo 1 de la Resolución N° 344/21.
Que la liquidación de haberes del mes de agosto se realizó conforme la nómina de agentes consignados en la Resolución N° 344/21 que por error incluía a la señora Torres, designada desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2021, así es que la comunicación sobre dicho error resultó extemporánea a la liquidación.
Que se notificó a la señora Torres que no debía percibir los haberes erróneamente liquidados debiendo ingresar en la cuenta del Municipio la suma de pesos cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta y siete con 88/100 ($ 44.667,88.-).
Que con fecha 3 de septiembre de 2021, la señora Torres cumplimenta la transferencia, conforme lo acredita el comprobante que se adjunta.
Que la suma a ingresar es de Pesos cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta y siete con 88/100 ($ 44.667,88.-)
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 9.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 10 toma conocimiento y manifiesta no tener objeciones al respecto.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizase a las oficinas competentes a ingresar, la suma de Pesos cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta y siete con 88/100 ($ 44.667,88.-) depositado por la señora María Lucrecia Torres, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: El reintegro de la suma mencionada deberá imputarse al siguiente rubro:
Haberes agosto de 2021
Estructura Programática |
Objeto del Gasto |
Importe |
1110105000 |
1210 |
$ 49.340,94 |
1110105000 |
1230 |
$ 04.111,75 |
1110105000 |
1222 |
$ 01.274,30 |
1110105000 |
1251 |
$0.7.483,38 |
1110105000 |
1252 |
$ 2.565,73 |
1110105000 |
1253 |
$ 01.034,22 |
IPS |
|
$ 6.414,32 |
IOMA |
|
$ 2.565,73 |
Total Líquido $ 44.677,88
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Asuntos Jurídicos y Departamento Personal; cúmplase y archívese.