Boletines/General Villegas
Decreto Nº 396/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 14/03/2022
VISTO:
El Expediente N° 2416/22, iniciado por la Jefa del Departamento Personal, informando que la señora María Catalina Franco, procedió a efectuar la devolución de los haberes y SAC correspondiente al mes de agosto de 2021; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° 6574/21, se incurrió en error al informar la designación de la señora Franco como agente transitoria mensualizada, quien prestó servicios del 1 al 31 de julio de 2021. Por lo que se solicitó mediante Expediente N° 6574/21 Alcance 1 la rectificación del Artículo 1 del Decreto N° 1103/21.
Que siendo que la liquidación de haberes del mes de agosto se realizó conforme la nómina de agentes consignados en el Decreto N° 1103/21 que por error incluía a la señora Franco, designada desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2021, es así que la comunicación sobre dicho error resultó extemporánea a la liquidación.
Que se notificó a la señora Franco que no debía percibir los haberes erróneamente liquidados debiendo ingresar en la cuenta del Municipio la suma de pesos Treinta y seis mil ochocientos sesenta y nueve con 07/100 ($ 36.869,07).
Que con fecha 3 de septiembre de 2021, la señora Franco cumplimenta la transferencia, conforme lo acredita el comprobante que se adjunta.
Que la suma a ingresar es de Pesos treinta y seis mil ochocientos sesenta y nueve con 07/100 ($ 36.869,07.-)
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 8.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 10 toma conocimiento y manifiesta no tener objeciones al respecto.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizase a las oficinas competentes a ingresar, la suma de Pesos treinta y seis mil ochocientos sesenta y nueve con 07/100 ($ 36.869,07.-) depositado por la señora María Catalina Franco, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: El reintegro de la suma mencionada deberá imputarse al siguiente rubro:
Haberes agosto de 2021
Estructura Programática |
Objeto del Gasto |
Importe |
1110105000 |
1210 |
$ 43.835,92.- |
1110105000 |
1222 |
$ 01.274,30 |
1110105000 |
1251 |
$ 06.137,03.- |
1110105000 |
1252 |
$ 0.2.104,12 |
1110105000 |
1253 |
$ 000885,34 |
IPS |
|
$0.5.260,31.- |
IOMA |
|
$ 2.104,12.- |
Total Líquido $ 36.869,07
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Asuntos Jurídicos y Departamento Personal; cúmplase y archívese.