Boletines/General Villegas

Decreto Nº366/22

Decreto Nº 366/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 09/03/2022

VISTO:

El Expediente Nº 1599/22 iniciado por la señora Patricia Flaviana Ledesma, solicitando la eximición del pago de patente de su vehículo de uso particular debido a su discapacidad, correspondiente al dominio ITJ - 159; y

CONSIDERANDO:

Que de fojas 2 a 9 acompaña documentación pertinente a saber: certificado de discapacidad, titulo automotor dominio ITJ – 159, Fotocopia D.N.I y licencia de conducir, y denuncia de venta del dominio ITJ – 159 de fecha 13 de diciembre de 2021.

Que de acuerdo a la documentación presentada queda acreditada la titularidad del dominio objeto de actuados, el que cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 536 inciso 1.2 del Capítulo IV, Título IV del Libro Segunda Parte Especial de la Disposición Normativa B01/04 vigente en la Provincia de Buenos.

Que la Dirección de Rentas interviene de fojas 11 y 12, informa que el dominio de referencia posee deuda en concepto de “Impuesto a los Automotores” por las cuotas 4 y 5 del ejercicio 2020 y ejercicio 2021, asimismo informa que en fecha 13 de diciembre de 2021 el vehículo fue vendido, según copia de denuncia de venta.

Que a fojas 14 la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere condonar la deuda en concepto de “Impuesto a los Automotores” por discapacidad al dominio ITJ – 159, correspondiente a las cuotas 4 y 5 del ejercicio 2020 y 2021, en virtud de que el mismo fue vendido en fecha 13 de diciembre 2021.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Condónase la deuda en concepto de “Impuesto a los Automotores” al vehículo dominio ITJ - 159, inscripto a nombre de Patricia Flaviana Ledesma, D.N.I N° 23.361.054, por las cuotas 4 y 5 del ejercicio 2020 y ejercicio 2021, por las razones expuestas ut supra.

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorízase a las oficinas competentes a realizar las modificaciones pertinentes.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Dirección de Asuntos Jurídicos, Tesorería, y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.