Boletines/General Villegas
Decreto Nº 361/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 09/03/2022
VISTO:
El Expediente Nº 7110/21, iniciado por la señora Eva Isabel Galli, D.N.I Nº 24.283.54, solicitando la eximición de los impuestos municipales como así también el pago de su vivienda, ubicada en calle Panacea N° 136 de General Villegas, manifiesta que se le hace difícil abonarlos y que posee un hijo discapacitado; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Catastro interviene a fojas 9 informando los datos del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 29, Manzana 29c, Parcela 10 ubicado en calle Panacea N° 136 vivienda N° 43 Plan Solidaridad de General Villegas.
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 36 informando que el bien inmueble objeto de las presentes actuaciones registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, desde la cuota 1 del 2012, encontrandose al cobro mediante via de apremio conforme Expediente N° 27229/17.
Que asimismo informa que adeuda “Tributo de Venta de Viviendas” encontrandose al cobro mediante vía de apremio conforme Expediente Judicial Nº 23760/15 y también el tributo “Pavimento” encontrandose al cobro mediante vía de apremio conforme Expediente Judicial N° 25476/16.
Que con fecha 2 de febrero del corriente año se realizó un informe social, por el cual surge que la señora Eva Isabel Galli vive junto a su esposo Héctor Horacio Abaca y a su hijo Jairo Nahuel Abaca, la vivienda la habitan desde hace 10 años, Jairo posee CUD y obra social IOMA la cual cubre medicacion, terapia, alimentacion y pañales, mientras que Héctor y Eva no poseen obra social, el ingreso del grupo familiar es de $ 50.000, los cuales surgen de los viajes que realiza Héctor en un camión de su hermano que no son fijos dependiendo de la demanda de viajes, además perciben una pensión por discapacidad de Jairo de $ 6.854, agrega que se dificulta cubrir los gastos y que producto de sus problemas de salud no puede desempeñarse laboralmente.-
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, analiza el presente caso sugiriendo eximir de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública” por el año 2022 y condonar la deuda correspondiente a las cuotas 1 a 6 del ejercicio 2021, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 71º inciso c) 73° inciso a) y 75° de la Ordenanza Fiscal vigente y Artículo 1 del anexo 1 del Decreto 684/03.
Que el Artículo 71 c) dispone que quedarán eximidos las personas que se desempeñen en relación de dependencia y cuyo único ingreso esté dado por el que recibe el jefe del grupo familiar, el que no podrá exceder de un salario mínimo del personal municipal.
Que el Artículo 73 indica que para gozar de los beneficios del Artículo 71 deben ser titular o usufructuario de vivienda única y habitarla.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Condónase la deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” por las razones expuestas ut supra conforme al siguiente detalle:
CONTR N° |
DATOS CATASTRALES |
APELLIDO Y NOMBRE |
EJERCICIO |
CUOTAS |
13772 |
I – B – 29 – 29c - 10 |
Galli, Eva Isabel y Abaca Héctor Horacio |
2021 |
1 a 6 |
ARTÍCULO SEGUNDO: Exímase al Contribuyente por el ejercicio 2022, correspondiente a la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, en virtud de encuadrar en lo dispuesto en el Artículo 71° inciso “c”, 73° inciso “a” y 75° del Título VIII de la Ordenanza Fiscal vigente Artículo 1 del anexo 1 del Decreto 684/03.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamentos Catastro, Tesorería, Procesamiento de la Recaudación y Honorable Concejo Deliberante; cúmplase y archívese.