Boletines/General Villegas

Decreto Nº352/22

Decreto Nº 352/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 09/03/2022

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1132/22, pertenecientes al Concurso de Precios Nº 4/22 destinado a la “Adquisición de indumentaria de trabajo para la Dirección de Salud”, autorizado por Decreto Nº 167/22; y

CONSIDERANDO:

Que de fojas 98 a 101 se adjunta el acta de apertura de propuestas y las planillas de comparación de oferta.

Que la oficina de Compras interviene a fojas 102 y 104, informando que se invitaron siete (7) proveedores, de los cuales se presentaron cuatro (4) y atento al dictamen de la Dirección de Recursos Humanos a fojas 103, estima conveniente adjudicar el concurso al oferente Textil Técnico Olavarría S.A., en la suma de Pesos un millón quinientos setenta y cinco mil trescientos ($ 1.575.300.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego. Por otro lado, corresponde rechazar las ofertas presentadas por Cintia Lorena Martínez, La Cañada S.A. y Zaphira S.A., por no resultar convenientes a los intereses municipales, debiendo realizarse la devolución de las garantías aportadas.

Que, de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase el Concurso de Precios Nº 4/22 destinado a la “Adquisición de indumentaria de trabajo para la Dirección de Salud”, al oferente TEXTIL TÉCNICO OLAVARRÍA S.A., en la suma de Pesos un millón quinientos setenta y cinco mil trescientos ($ 1.575.300.-), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 1132/22, por las razones expuestas precedentemente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Rechácense las propuestas presentadas en el Concurso mencionado en el Artículo Primero, por los proveedores CINTIA LORENA MARTINEZ, LA CAÑADA S.A. y ZAPHIRA S.A. por no resultar convenientes a los intereses municipales.

ARTÍCULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a los oferentes que a continuación se detallan, las Garantías de Mantenimiento de Ofertas aportadas en el concurso mencionado en el Artículo Primero:

* CINTIA LORENA MARTÍNEZ: Pagaré sin protesto certificado por la suma de $ 199.760.-

* LA CAÑADA S.A.: Pagaré sin protesto certificado por la suma de                  $ 199.760.-

* ZAPHIRA S.A.: Pagaré sin protesto certificado por la suma de $ 199.760.-

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Dirección de Hospital; cúmplase y archívese.