Boletines/General Villegas

Decreto Nº334/22

Decreto Nº 334/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 04/03/2022

VISTO:

El Expediente Nº 6190/20 y el procedimiento establecido por la Ley Nacional Nº 21.477, modificada por la Ley 24.320, para la adquisición de los dominios por parte de los estados provinciales y municipalidades por el modo establecido en el artículo 1899 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que con el objeto de regularizar la situación dominial de los bienes, acreditar previamente los recaudos establecidos en el Art. 2º de la Ley Nº 24.320 y declarar operada la prescripción administrativa del inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 5, Parcela 9 según Plano de Mensura que pretende prescribir N° 50-16-90, a favor de la Municipalidad de General Villegas, se realizó un minucioso estudio de antecedentes, lo cual permitió constatar que esta Municipalidad ejerce la posesión ostensible y continua del bien desde hace más de 30 años.

Que el plano de Mensura y Subdivisión Nº 50-16-90, con sus respectivas medidas, superficie, ubicación y linderos, luce agregado a fojas 7.

Que a fojas 23 y 24, se adjuntó la publicación de los edictos en el Boletín Oficial del Partido de General Villegas con fecha 9 de diciembre de 2021, respectivamente.

Que conforme a lo expuesto, queda suficientemente acreditado en forma fehaciente la posesión ejercida en forma ostensible, pública, pacífica e ininterrumpida de la Municipalidad de General Villegas sobre los bienes en cuestión, de conformidad con lo establecido por el Artículo 2º de la Ley 24.320.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 27, sugiriendo en razón de los hechos narrados y las pruebas aportadas, dictar el acto administrativo por el cual se declara operada la prescripción administrativa sobre los inmuebles objeto de estas actuaciones.

Que se encuentran cumplimentados en forma previa todos y cada uno de los recaudos establecidos en el artículo 2 de la Ley 24.320, y es atribución de este Departamento Ejecutivo Municipal, el dictado del acto administrativo que declare operada la prescripción administrativa de los referidos inmuebles a favor de la Municipalidad de General Villegas (Ley 21.477 y modificatoria Nº 24.320).

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Declárese operada la prescripción administrativa a favor de la Municipalidad de General Villegas, del inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 5, Parcela 9a, Contribuyente Municipal N° 13642, Partida inmobiliaria N° 1601, ubicado en calle Salta y Güemes de la localidad de Piedritas, Partido de General Villegas, según plano vigente de mensura que pretende prescribir N° 50-16-90, con una superficie de 1584.92 m2, midiendo 28.66 m. de frente Sur, 47.10 m. de frente Oeste, 4.24 m. ochava Suroeste, 31.71 m. de lateral Norte y 50.10 m. de lateral Este; Lindando al Sur con calle Güemes, al Oeste con calle Salta, al Norte con la Parcela 1a y al Este con la Parcela 8c, ambas de la misma Manzana 5.

ARTÍCULO SEGUNDO: Requiérase a la Escribanía General de Gobierno, la protocolización de las actuaciones administrativas pertinentes y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble, dando por cancelado el dominio del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 5, Parcela 9a, a nombre de Juan Moussompes e inscribiéndolos en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de la Municipalidad de General Villegas.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a Dirección de Asuntos Jurídicos, Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial, Contaduría, Dirección de Rentas, Departamento Catastro, Contaduría, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Tesorería, cúmplase y archívese.