Ordenanza Nº4198
Ordenanza Nº 4198
Coronel Rosales, 27/12/2022
ORDENANZA
Corresp. Expte. O-96-2022
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 31º de la Ordenanza Nº 3.591, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 31º: Constituyen obligaciones de los conductores y las conductoras:
- Conocer y observar las reglas de tránsito.
- Respetar el régimen general establecido para la prestación del servicio.
- Demostrar respeto y buena predisposición a los requerimientos de los pasajeros.
- Prestar servicio en perfectas condiciones psicofísicas y adecuadamente vestido. Se entenderá por vestimenta adecuada aquella que comprenda calzado cerrado, pantalones largos y brazos semi cubiertos. A partir del mes de diciembre y hasta que finalice la temporada de verano, se permitirá utilizar vestimenta adecuada a la época estival, con excepción de mallas, ojotas y musculosas.
- Exhibir ante su requerimiento por autoridad competente, el certificado de control mensual.
- Presentarse a examen psicofísico cuando diversas infracciones o accidentes lo aconsejen”.
Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 33º de la Ordenanza Nº 3.592, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 33º: Constituyen obligaciones de los conductores y las conductoras:
- Conocer y observar las reglas de tránsito.
- Respetar el régimen general establecido para la prestación del servicio.
- Demostrar respeto y buena predisposición a los requerimientos de los pasajeros accediendo a todos los destinos ubicados en el partido de Coronel Rosales.
- Prestar servicio en perfectas condiciones psicofísicas y adecuadamente vestido. Se entenderá por vestimenta adecuada aquella que comprenda calzado cerrado, pantalones largos y brazos semi cubiertos. A partir del mes de diciembre y hasta que finalice la temporada de verano, se permitirá utilizar vestimenta adecuada a la época estival, con excepción de mallas, ojotas y musculosas.
- Exhibir ante su requerimiento por autoridad competente, el certificado de control mensual.
- Presentarse a examen psicofísico cuando diversas infracciones o accidentes lo aconsejen”.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. -
SANCIONADA EN SESION EXTRAORDINARIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo