Boletines/Coronel Rosales

Ordenanza Nº4198

Ordenanza Nº 4198

Coronel Rosales, 27/12/2022

ORDENANZA

Corresp. Expte. O-96-2022

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 31º de la Ordenanza Nº 3.591, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 31º: Constituyen obligaciones de los conductores y las conductoras:

  1. Conocer y observar las reglas de tránsito.
  2. Respetar el régimen general establecido para la prestación del servicio.
  3. Demostrar respeto y buena predisposición a los requerimientos de los pasajeros.
  4. Prestar servicio en perfectas condiciones psicofísicas y adecuadamente vestido. Se entenderá por vestimenta adecuada aquella que comprenda calzado cerrado, pantalones largos y brazos semi cubiertos. A partir del mes de diciembre y hasta que finalice la temporada de verano, se permitirá utilizar vestimenta adecuada a la época estival, con excepción de mallas, ojotas y musculosas.
  5. Exhibir ante su requerimiento por autoridad competente, el certificado de control mensual.
  6. Presentarse a examen psicofísico cuando diversas infracciones o accidentes lo aconsejen”.

Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 33º de la Ordenanza Nº 3.592, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 33º: Constituyen obligaciones de los conductores y las conductoras:

  1. Conocer y observar las reglas de tránsito.
  2. Respetar el régimen general establecido para la prestación del servicio.
  3. Demostrar respeto y buena predisposición a los requerimientos de los pasajeros accediendo a todos los destinos ubicados en el partido de Coronel Rosales.
  4. Prestar servicio en perfectas condiciones psicofísicas y adecuadamente vestido. Se entenderá por vestimenta adecuada aquella que comprenda calzado cerrado, pantalones largos y brazos semi cubiertos. A partir del mes de diciembre y hasta que finalice la temporada de verano, se permitirá utilizar vestimenta adecuada a la época estival, con excepción de mallas, ojotas y musculosas.
  5. Exhibir ante su requerimiento por autoridad competente, el certificado de control mensual.
  6. Presentarse a examen psicofísico cuando diversas infracciones o accidentes lo aconsejen”.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. -        

SANCIONADA EN SESION EXTRAORDINARIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS  VEINTISIETE DIAS DEL MES DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Firmado Nicolás Aramayo Presidente

Pablo Zaragoza Secretario Legislativo