Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 4150
Coronel Rosales, 11/08/2022
ORDENANZA
Corresp. Exptes. O-89-2020 y O-66-2022
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Créase el “Sistema Municipal de Concientización, Prevención e Información sobre Acoso Escolar, Grooming y CiberBullying en Coronel Rosales.-
Artículo 2º: Definición: Entiéndase por:
Artículo 3°: El objetivo del Sistema es brindar las herramientas necesarias a la comunidad para prevenir y combatir las problemáticas del acoso escolar o bullying, el ciberbullying y grooming.-
Artículo 4º: A los efectos de dar cumplimiento con la presente Ordenanza, se llevarán a cabo las siguientes acciones de manera continua:
Artículo 5º: La Autoridad de Aplicación del “Sistema Municipal de Concientización, prevención e información sobre las problemáticas del Acoso Escolar, Grooming y CiberBullying en Coronel Rosales”, será la Secretaría de Desarrollo Social o el organismo que en el futuro lo reemplace y Jefatura Distrital, en articulación con las diferentes áreas de gobierno que considere necesarias para la coordinación de políticas y acciones a desarrollar.-
Artículo 6º: Adhiérase a la Ley 27.590 también conocida como Ley “Mica Ortega” que establece el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberbullying contra Niñas, Niños y Adolescentes.-
Artículo 7º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a la celebración de los convenios que se requieran para dar complimiento a la misma.-
Artículo 8º: Créase un enlace web municipal permanente con información referida al acoso escolar, grooming o ciberbullying y al uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, destinada a la población en general y a la comunidad educativa en particular, con el fin de brindar material de información, prevención y capacitación que se sume a las campañas previstas en la presente.-
Artículo 9º: En todos los talleres deportivos y culturales organizados por el Municipio y en los que participen niñas, niños o adolescentes, deberán realizarse jornadas de reflexión y debate sobre la problemática del acoso escolar, grooming y ciberbullying y los canales de denuncia existentes. -
Artículo 10º: Presupuesto: Los gastos de personal, materiales, herramientas y actividades que demande este Sistema deberán ser previstos en el presupuesto anual correspondiente”.-
Artículo 11°: Deróguese la Ordenanza 3757 y cualquier otra que se oponga a la presente.-
Artículo 12º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
Firmado Santiago Maidana Vicepresidente 1º
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo