Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº333/2022

Resolución Nº 333/2022

Coronel Rosales, 18/10/2022

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº J-06/22, los informes elevados a este Departamento Ejecutivo, las evaluaciones de desempeño de fecha 02/03/2022, lo establecido por el Art. 4 de la Ley 14.656 y Arts. 5, 6, 9, 13 y cctes. del CCT, Y

Considerando

Que con fecha 20/10/2021 se produjo el ingreso de la Agente Toso Maria Laura, Leg. 4133, DNI Nº 37.896.316; con fecha 01/10/2021 se produjo el ingreso de la Agente Barrera Sandra Noemí, Leg. 4215, DNI Nº 25.423.372; con fecha 01/10/2021 se produjo el ingreso del agente Páez Ernesto Ricardo, Leg 4216, DNI 34.748.753 y con fecha 01/11/2021 se produjo el ingreso de la Agente Caputo Maria Florencia, Leg. 3588, DNI Nº 33.665.875, todos ingresos a Planta Temporaria Municipal como personal mensualizado.-

Que se encuentra próximo a culminar el período por el cual se han de extender las contrataciones como personal mensualizado de las Agentes antes nombradas correspondiendo determinar si, con base en lo previsto por los Arts. 6 y 13 del CCT, procede o no su ingreso a Planta Permanente municipal.-

El período de prueba de cada trabajador ingresante se encuentra expresamente previsto por el Art. 4 de la Ley 14.656 el cual dispone: “…Todo nombramiento es provisional hasta tanto el trabajador adquiera estabilidad. Este derecho se adquiere a los doce (12) meses, de no mediar previamente oposición fundada y debidamente notificada por autoridad competente. Durante el periodo de prueba al trabajador deberá exigírsele la realización de acciones de capacitación y/o formación cuyo resultado podrá condicionar su situación definitiva…”.-

Por su parte el Art. 13 del CCT establece: “Todo nombramiento a partir de la vigencia del presente Convenio Colectivo es provisional hasta tanto el trabajador adquiera estabilidad. Este derecho se adquiere a los doce (12) meses, de no mediar previamente oposición fundada y debidamente notificada por autoridad competente. Durante el periodo de prueba deberá exigirse al trabajador la realización de cursos de capacitación y/o formación a cargo del municipio, quien evaluará y calificará sus tareas habituales. Dichas calificaciones podrán condicionar su incorporación definitiva y el acceso a la estabilidad prevista en el siguiente artículo. Ningún trabajador podrá ser contratado más de dos veces utilizando el período de prueba. El incumplimiento de lo normado, será pasible de las sanciones previstas en los regímenes sobre infracciones a las leyes de trabajo vigente. Los alcances de la estabilidad dispuesta en el presente artículo serán aplicables al personal que haya ingresado conforme los procedimientos establecidos en el presente convenio colectivo de trabajo”

Así el Art. 13 del CCT prevé expresamente establece como condicionante de las incorporaciones definitivas a Planta Permanente -de aquellos se encuentran en Planta Temporaria y cumplen el período de su contratación mensualizada- las evaluaciones y calificaciones en las tareas habituales de cada trabajador.-

En este marco corresponde contemplar y sopesar las evaluaciones e informes efectuados respecto del desempeño laboral de las Agentes Toso Maria Laura, Barrera Sandra Noemí, Páez Ernesto Ricardo y Caputo Maria Florencia todos los cuales obran en las presentes actuaciones, resultan satisfactorios y posibilitan su pase a Planta Permanente con los alcances de los Arts. 5, 14 y cctes. del CCT.-

Que en consecuencia es menester proceder al dictado del acto administrativo.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; RESUELVE

ARTICULO 1º: Dispónese la incorporación a la Planta Permanente de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales a partir del 01 de Octubre de 2.022 de los siguientes Agentes Municipales actualmente en situación contractual de personal mensualizado: a) Barrera Sandra Noemí, DNI Nº 25.423.372, Leg. 4215, como personal Profesional Nivel 13 con jornada de 40 hs. semanales, vacante generada por jubilación de Agente Martínez Herminia Isabel, Jurisdicción: 1110108000-52-1, Hospital Municipal Eva Perón – Secretaría de Salud; b) Páez Ernesto Ricardo, DNI Nº 34.748.753, Leg. 4216, como personal Profesional Nivel 13 con jornada de 40 hs. semanales, vacante generada por jubilación de Agente Bereilh Guillermina, Jurisdicción: 1110108000-52-1, Hospital Municipal Eva Peron –Secretaría de Salud.

ARTICULO 2º: Dispónese la incorporación a la Planta Permanente de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales a partir del 20 de Octubre de 2.022 de la Agente Municipal que actualmente en situación contractual de personal mensualizado: a) Toso Maria Laura, DNI Nº 37.896.316, Leg. 4133, como personal Profesional Servicios Nivel 1 con jornada de 35 hs. semanales, vacante creada en dotación de personal conforme presupuesto 2.022, Jurisdicción: 1110113000-41-4, Barrido – Secretaria de Servicios.

ARTICULO 3º: Dispónese la incorporación a la Planta Permanente de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales a partir del 01 de Noviembre de 2.022 de la Agente Municipal que actualmente en situación contractual de personal mensualizado: a) Caputo Maria Florencia, DNI Nº 33.665.875, Leg. 3588, como personal Administrativo Servicios Nivel 6 con jornada de 30 hs. semanales, vacante creada en dotación de personal conforme presupuesto 2.022, Jurisdicción: 1110114000-48-4, Museo Ciencias Naturales – Secretaria de Coordinación y Gestión.

ARTICULO 4º: La presente resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 5º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Salud y de Desarrollo Social, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio comuníquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Por intermedio del Departamento de Personal notifíquese a las interesadas en la forma de estilo. Gírese al Dpto. de Personal y al Dpto. de Liquidación de Haberes a sus efectos. Hecho, archívese.-

RESOLUCION Nº333/22