Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 305/2022
Coronel Rosales, 15/09/2022
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº B-029/22, la solicitud obrante a fs. 01 y 02, relacionada con la habilitación municipal y alta del local ubicado en calle Rivadavia Nº 318 de la ciudad de Punta Alta para ser destinado al funcionamiento del comercio bajo el rubro: ferretería - pinturería, código de actividad: 62.600.01, lo previsto por las Ordenanzas Municipales Nro. 2660 y 3970, el Decreto Municipal Nº 110/21, Y
Considerando
Que de la documentación obrante en estas actuaciones y de los informes producidos a partir de la intervención del personal idóneo en materia de obras y seguridad e higiene dependiente de la Dirección de Producción y Desarrollo surge que se encuentran cumplidos en debida forma todos los requisitos exigidos para dar curso favorable a la solicitud de habilitación municipal y alta del local ubicado en calle Rivadavia Nº 318 de la ciudad de Punta Alta para ser destinado al funcionamiento del comercio bajo el rubro: ferretería - pinturería, código de actividad: 62.600.01.-
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de las facultades que le son propias, RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Habilítese el local comercial ubicado en la calle Rivadavia Nº 318 de la ciudad de Punta Alta, identificado con la partida 623, comercio Nº 12024, destinado al funcionamiento bajo el rubro: FERRETERÍA - PINTURERÍA, código: 62.600.01, siendo la superficie destinada a la actividad de 228,61 m², cuyo titular es BEDECO S.R.L, CUIT: 33-71519741-9.-
ARTICULO 2º: La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 3º: Regístrese.- Tome conocimiento la Secretaría de Economía, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a la Dirección de Producción y Desarrollo para su prosecusión. Notifíquese al interesado en la forma de estilo. Oportunamente remiítase al Departamento de Contralor Impositivo a sus efectos. Hecho archívese.-
RESOLUCION Nº305/22