Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº276/2022

Decreto Nº 276/2022

Coronel Rosales, 13/06/2022

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. I-004/22, relativas a la Obra denominada “Reconstrucción Cerco perimetral de la Necrópolis Local”, el Pliego de Bases y condiciones obrante en autos, la Contratación Directa gestionada y recomendada por la Dirección de Servicios de esta Comuna, y

Considerando

Que según informe y requerimiento elevado por el Sr. Dirección de Servicios resulta necesaria la contratación de mano de obra y materiales para la Reconstrucción cerco perimetral de la Necrópolis Local. -

Que el Pliego de Bases y Condiciones confeccionado a efectos de la presente Contratación cumple con lo determinado por los Arts. 136 y ccss. LOM, Arts. 5 y 6 de la Ley 6021 y Arts. 108 y ccss. del Decreto 2980/00 RAFAM y, en consecuencia, corresponde proveer su aprobación. -

Que obra en autos presupuesto presentado por el Grupo Naval Rosaleño S.A. ajustado a los lineamientos del antedicho pliego y según el cual el costo de la Obra a realizar, incluyendo materiales exigidos y mano, asciende de la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SESENTA ($ 1.334.060).-

Que el presupuesto obrante en autos, según indica el Sr. Dirección de Servicios, se encuentra ajustado a los valores de mercado vigente y su plazo de ejecución dentro de los plazos analizados al efecto por la repartición. -

Que en virtud de lo previsto por los Arts. 132 inc. D, 133, 283 bis y ccss. de la LOM y Resolución Nº 262/21 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de buenos Aires resulta viable la Contratación Directa de la Obra de referencia.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA

ARTICULO 1º: Apruébase en todos sus términos el Pliego de Bases y Condiciones instrumentado para la contratación directa de la Obra denominada “Reconstrucción Cerco perimetral de la Necrópolis Local” que forma parte de este expediente. -

ARTICULO 2º: Autorizase la Contratación Directa con el proveedor Grupo Naval Rosaleño S.A. para la Obra mencionada en el Articulo 1º por un valor de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SESENTA ($ 1.334.060) con plazo de ejecución de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra por considerar su precio conveniente a los intereses del Municipio y por ajustarse a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades y en la Ley 6021 de Obras Públicas.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a la adjudicataria que deberá concurrir a la Oficina de Compras del Municipio, dentro de los cinco (5) días contados a partir de la notificación del presente Decreto, con la correspondiente garantía de cumplimiento de contrato por el cinco por ciento (5%) del monto consignado en el Artículo 2º (Art. 40 PBCG y Art. 7 PBCP) y demás documentación exigida al efecto indicada expresamente por el pliego que por este acto se aprueba para la suscripción del pertinente Contrato de Obra.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras Públicas y Planeamiento.-

ARTICULO 5º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Gobierno y de Economía. Déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la firma adjudicataria.- Hecho, resérvese.-

DECRETO Nº276/22