Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº210/2022

Decreto Nº 210/2022

Coronel Rosales, 16/05/2022

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº D-116/21, la Ordenanza Municipal Nº 4101 que fuera promulgada mediante Decreto Nº 08/22, lo previsto por el Art. 108 y cctes. de la LOM, Y

Considerando

Que con fecha 30 de Diciembre de 2.021 se dictó Ordenanza Municipal Nº 4101 que autoriza al Departamento Ejecutivo a establecer premios estímulos a través de sorteos entre los contribuyentes que mantengan sus tasas, derechos, contribuciones de pago, planes de pago al día y sin deuda exigible con la Municipalidad de Coronel Rosales.-

Que el Art. 2 de la citada Ordenanza Municipal autoriza al Departamento Ejecutivo a establecer, en cada ocasión y mas allá de las condiciones que la propia Ordenanza determina, otros requisitos a cumplir por los contribuyentes para participar de los sorteos.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA

ARTICULO 1º: Impleméntese bajo la denominación “Rosales Premia” el programa de otorgamiento de premios estímulo que seguidamente se detalla.-

ARTICULO 2º: Los premios estímulos para el sorteo dispuesto en el Artículo 5º totalizarán la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00.-) distribuidos en cuatrocientas (400) órdenes de compra de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00.-) cada una a distribuirse entre cien (100) ganadores que obtendrán cuatro (4) órdenes de compra por un monto total y final de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00.-). Las órdenes de compra mencionadas deberán ser utilizadas por los beneficiarios en comercios habilitados ubicados en el Partido de Coronel Rosales que hubieren adherido al programa.-

ARTICULO 3º: Participarán de los sorteos los contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos: a) Mantener al día 31 de Marzo 2.022 sus tasas, derechos, contribuciones de pago, planes de pago al día y sin deuda exigible con la Municipalidad de Coronel Rosales, b) Hubieren abonado el pago anual 2.022 de la Tasa de Servicios Urbanos o Tasa de Red Vial, según corresponda y c) No sean funcionarios que desempeñen en la Municipalidad de Coronel Rosales cargos jerárquicos sin estabilidad así como tampoco los Sres. Concejales en ejercicio de su mandato.-

ARTICULO 4º: Cada contribuyente participará de los sorteos con su número de Imponible siendo éste único e irrepetible. Quien resulte ganador, deberá acreditar ser titular de dominio del inmueble en cuestión o, en su caso, responsable del pago de las tasas municipales TSU o Red Vial. En caso de duda y/o reclamos paralelos por el mismo premio, el interesado deberá exhibir los comprobantes de pago de las tasas que acrediten ser la persona a cargo del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Municipio. Si aun así persistiese la duda, el Municipio determinará quién es el ganador y dicha decisión será definitiva e irrecurrible.

ARTICULO 5º: El sorteo se realizará el último viernes del mes de abril 2.022 o día hábil siguiente si éste fuere feriado o inhábil. Se realizará por sistema de bolillero conteniendo la decena de mil, unidad de mil, centena, decena y unidad. El sorteo se llevará a cabo con la presencia de Escribano Público a designar por el Municipio y sus resultados consignando número del imponible ganador y números de cupones a entregarse serán publicados en la página web oficial de la Municipalidad de Coronel Rosales a la par que se le dará difusión por medios de comunicación masivos locales y, con la conformidad expresa del beneficiario, se harán conocer sus datos personales.-

ARTICULO 6º: Por medio de la Dirección de Producción y Desarrollo Municipal se invitará a todos los comercios habilitados ubicados en el Partido de Coronel Rosales tanto en forma directa como a través de las Cámaras de Comercio e Industria con funciones en el Distrito para que a su vez éstas inviten a sus asociados a adherir y participar del programa dispuesto en el Artículo 1º aceptando los cupones de compra a emitir por la Municipalidad, contando con la colaboración del área de Prensa Municipal a los fines correspondientes.-

ARTICULO 7º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Economía.-

ARTICULO 8º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Gobierno, Contaduría General y Dirección de Rentas, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese al Departamento de Compras y a la Dirección de Producción y Desarrollo y al Área de Prensa Municipal para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 6º.- Hecho, resérvese.-

DECRETO Nº210/22

Anexos

ANEXO I

ROSALES PREMIA

DESCARGAR