Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº203/2022

Decreto Nº 203/2022

Coronel Rosales, 10/05/2022

Visto

Las actuaciones promovidas en el presente expediente T-002/22, la necesidad de adecuar el ordenamiento de la Tesorería Municipal en lo relacionado al manejo diario de la recaudación municipal, lo dispuesto en el expediente 4025/88, la autorización conferida por el Honorable Tribunal de Cuentas y las disposiciones del Decreto Municipal Nro. 167/88, Y

Considerando

La factibilidad de otorgarle mayor certeza y claridad a los arqueos que se realicen y poder facilitar la tarea operativa de las cajas en funcionamiento y el respectivo control interno debiendo, por tanto, ser encuadrados en el régimen de Caja Chica.-

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA

ARTICULO 1º: Autorizar a partir del día 03 de Mayo de 2022, la creación y modificación a las Caja Chicas Actuales para las distintas dependencias Municipales que seguidamente se detallan por un monto de PESOS ciento noventa y dos MIL ($192.000,00.-) quedando afectado de la siguiente manera.-

 

PROVEEDOR

SECRETARIA

IMPORTE

JARDIN MATERNAL MIMITOS

GONZALEZ MARIA LUISA

D. SOCIAL

12.000

HOSPITAL MUNICIPAL

OSVALDO RIGONI

S. SALUD

25.000

JEFE DE TALLER DE SERVICIOS

JUAN CARLOS TUCCI

S.S.P.

25.000

DIRECCION DE SERVICIOS

LAVIGNE ANTONIO

S.S.P.

35.000

DIR. DE RELAC. NST.Y COMUNICACIÓN

CAROLINA PADILLA

S. Ctrl. y G.

15.000

SECRETARIA DE ECONOMIA

FLORENCIA MAIDANA

S. ECONOMÍA

35.000

DIRECCION DE RENTAS

JOSEFINA IGLESIAS

S. ECONOMÍA

10.000

TESORERIA MUNICIPAL

BERRONE JUAN

S. ECONOMÍA

35.000

 

ARTICULO 2º: Facultar a los funcionarios mencionados supra para disponer gastos y pagos designándoselos como responsables de la custodia, aplicación y rendición.-

ARTICULO 3º: La reposición de las sumas afectadas será mensual estableciéndose como importe máximo de cada pago la cantidad de TRES MIL ($3.000,00.).-

ARTICULO 4º: La aplicación del presente se regirá por su reglamentación y otras disposiciones concordantes, en especial de la Ley Orgánica de las Municipalidades y del Reglamento de Contabilidad.-

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía.-

ARTICULO 6º. Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Gobierno, Salud, Servicios, Desarrollo Social, Secretaría de Control y Gestión, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Pase a la Contaduría General y Tesorería Municipal para su cumplimiento. Hecho, archívese.-

DECRETO Nº203/22