Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6817/2022
Nueve de Julio, 14/07/2022
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO: VALERIA PAOLA NOBLE
VISTO:
El expediente municipal Nº 4082-84/2022 alcance 20.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad al boleto de compraventa de fojas 02 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173h Parcela 10 de 9 de Julio, la señora Valeria Paola NOBLE (D.N.I. Nº 27.033.850).
Que a fojas 7/9 consta informe de obra y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 10 considera cumplido el cargo de construcción.
Que a fojas 11/13 obra el informe social de los ocupantes de la vivienda. Que a fojas 14/15 del expediente la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta deuda por reintegro de plan familia propietaria y a fojas 16 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173h Parcela 10 de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora Valeria Paola NOBLE (D.N.I. Nº 27.033.850), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.
ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 09/06/2022: pesos tres mil seiscientos ($ 3.600). - Valor de las cuotas sin interés: pesos treinta ($ 30). - Cantidad de cuotas: ciento veinte (120). - Cuotas abonadas: cero (0). - Saldo hipotecario sin interés a junio de 2022: pesos tres mil seiscientos ($ 3.600). - Saldo hipotecario con interés a junio de 2022: pesos trece mil doscientos noventa y seis con 03/100 ($ 13.296,03).
ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.