Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº6795/2022

Ordenanza Nº 6795/2022

Nueve de Julio, 14/07/2022

MODIFICANDO ORDENANZA N.º 5530 DEL BOLETO ESTUDIANTIL

Visto

 

Que la ordenanza Nº5530 (EXPTE. HCD. N.º 058/15), BOLETO ESTUDIANTIL, establece la cobertura del 50% del gasto en transportes públicos habilitados, desde las localidades del distrito hacia la ciudad cabecera y viceversa, de los alumnos que concurran a los establecimientos del Partido de 9 de Julio del nivel terciario y universitario.

Y considerando

Que los estudiantes de las localidades de nuestra ciudad no alcanzan a cubrir el gasto en viáticos para asistir a cursar en los diferentes Institutos de Formación Profesional que nuestra ciudad tiene en su oferta académica.
Que este impedimento coarta las posibilidades educativas, de crecimiento personal, profesional y académico de nuestros jóvenes.
Que al interrumpir sus estudios por falta de acceso al transporte, disminuye la cantidad de profesionales en nuestra ciudad.

Que al no alcanzar títulos profesionales, los y las jóvenes se encuentras con posibilidades muy limitadas dentro del mercado laboral.

ORDENANZA

Articulo 1º:
Modificase el articulo 3º de la ordenanza 5530, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 3º: El abono bonificará el 50 % el costo del traslado efectivo (días hábiles cursados), a que referencia el Artículo 2º, en aquellas localidades que exista transporte público; Mientras que en las localidades rurales donde no exista transporte público, el beneficio alcanzará como máximo el equivalente a dos (2) becas de nivel terciario locales.

El abono bonificará el 100% del costo del traslado cuando el alumno certifique mediante informe socio económico emitido por trabajador/ a social del municipio que así lo amerite.¨

Articulo 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.