Boletines/Rivadavia

Decreto Nº509/2022

Decreto Nº 509/2022

Rivadavia, 08/04/2022

Visto

Que la agente municipal Claudia Mabel PINTOS desempeña sus tareas en el Sector de Lavandería del Hogar de Abuelos, dependiente del Hospital Municipal de Rivadavia;

Considerando

                                 Que el Decreto Nº 1427/11 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, conforme a la Resolución 899/08 de la Subsecretaría de Trabajo Provincial reconoce el carácter de insalubre de las tareas desempeñadas en el área mencionada, entre otras, a fin de obtener los beneficios establecidos en el Decreto Provincial Nº 430/81 – artículo 1º;

                                 Que la Ordenanza N° 4521/2022, en su artículo 20º establece el pago de la Bonificación por Tareas Insalubres al personal afectado a dicho sector, cuyo monto será equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del sueldo básico del agente;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1º.- Abónese a la agente municipal CLAUDIA MABEL PINTOS, D.N.I. Nº  21.445.747, Legajo Nº  1816, la Bonificación por Tareas Insalubres, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º de la Ordenanza Complementaria N° 4521/2022, por desempeñar sus tareas el sector de Lavandería en el Hogar de Abuelos, dependiente del Hospital Municipal, reconocido como recinto insalubre por Decreto Provincial 1427/11 y a los efectos de los beneficios de establecidos en el Decreto Provincial N° 430/81.-

ARTICULO 2º.- Lo establecido en el artículo anterior tendrá efectos retroactivos al  1º de enero de 2022.-

ARTICULO 3º.- Tome conocimiento del presente las Oficinas Personal y Liquidación   de Haberes a sus efectos.-

ARTICULO 4º.-  Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

 

      SERGIO JUAN ARANGUEZ                                 JAVIER ULISES REYNOSO

        Secretario de Gobierno                                           Intendente Municipal