Boletines/Rauch

Decreto Nº234/22

Decreto Nº 234/22

Rauch, 02/03/2022

Visto

El expediente administrativo Nro. 4093-15573/21 “CASTILLO, RAUL ANTONIO,  GON, LUIS DANIEL y GODOY, JORGE ANTONIO S/ SUMARIO ADMINISTRATIVO”.-

            El dictamen de la Instrucción Sumarial obrante a fs. 310/312.-

            La Ley Orgánica de las Municipalidades; y

Considerando

Que por el expediente mencionado en los vistos tramita el sumario administrativo a los agentes municipales Raúl Antonio Castillo, DNI 18.554.844, Leg 1483,  Luis Daniel Gon, DNI 18.237.688, Leg. 596 y Jorge Antonio Godoy, D.N.I. N° 14.427.227.

Que, en función de la denuncia que diera inicio a las actuaciones y atento a la presunta irregularidad acaecida, entre los días 29 de diciembre de 2020 y 4 de enero del 2021, ya sea en el ingreso de los féretros correspondientes a quien en vida fueran Mario Bacigalupe y Elba Esther Irusquibelar de Garmendia al cementerio local, su registración, custodia y/o entrega de los restos con fines de cremación, y respecto de los restos de la Sra. Alicia Nelly de Bacigalupe en la entrega con fines de cremación, es que se inicia el procedimiento disciplinario.

Que de las constancias obrantes en el expediente surge que las cenizas que corresponderían a la Sra. Elba Esther Irusquibelar de Garmendia se hallan en la casa velatoria de “Julio Palmieri e Hijos” por lo que los familiares de la misma se presentan ante este municipio a requerimiento de la Instrucción y al respecto manifiestan que: “3) Proponen que las cenizas que manifiesta tener en custodia la casa de sepelios de Julio Palmieri ingresen al cementerio municipal y sean resguardadas en un nicho individual, a la espera del resultado final de la investigación penal”. 

Que, por su parte, si bien no consta en las actuaciones que los familiares del Sr. Mario Bagacigalupe se hayan expresado en relación a lo solicitado, en cuanto a la disposición de los restos que contendría el féretro que se encuentra en el depósito municipal, la instrucción estima necesario que el mismo sea resguardado.

Que, en este lineamiento, la Instrucción Sumarial manifiesta: “Que, en función de lo expuesto, y atento a que desde la Ayudantía fiscal no se han tomado medidas y/o disposiciones judiciales en relación a la denuncia que diera iniciado a la I.P.P.  N° 01-00-000442-21/00 ut supra mencionada, a los fines de brindar una respuesta a los familiares de la Sra. Elva Esther Irusquibelar de Garmendia y, asimismo, encontrándose necesaria la tutela y resguardo de los derechos de otras familias que podrían verse vulnerados, SE SOLICITA al Sr. Intendente Municipal, su intervención a fin de tomar las medidas conducentes que estime corresponder, en relación al depósito de las cenizas que se hallan actualmente en la casa fúnebre “Julio Palmieri e Hijos” y al depósito del féretro que contendría los restos del Sr. Mario Bacigalupe en un nicho individual del Cementerio Municipal.”

Que, por su parte, obra a fs. 315 del expediente referido nota por parte de la Oficina Municipal de Cementerios mediante la cual se informa sobre la disponibilidad de ambos nichos necesarios en el Cementerio Municipal.

Que, así, atento al estado de las actuaciones y en función de lo solicitado por la Instrucción, encontrándose necesaria la tutela y resguardo de los derechos de los familiares directos de quien en vida fuera el Sr. Mario Bacigalupe y la Sra. Elba Esther Irusquibelar; se estima conveniente disponer el ingreso del féretro y las cenizas que contendrían los restos de los mismos al Cementerio Municipal.

Que, ello con fundamento en ejercicio del poder de policía mortuoria que este Departamento Ejecutivo ostenta y a los fines de responder a los conceptos de sanidad, seguridad, protección y conservación de los restos.

Que, asimismo, resulta necesario dejar supeditado el cobro de los derechos de cementerio correspondiente hasta tanto se resuelvan las actuaciones sumariales y/o disposiciones judiciales dictadas al respecto.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:

D E C R E T A.-

 

Artículo 1ro.- Disponer el ingreso en el Cementerio Municipal, el día martes 22 de marzo de 2022 a las 9 hs., del féretro que contendría los restos del Sr. Mario Bacigalupe al nicho ubicado en Bloque 21 Fila 4 Nº 104; en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-

 

Artículo 2do.- Disponer el ingreso en el Cementerio Municipal, el día martes 22 de marzo de 2022 a las 9 hs., de la urna que contendría las cenizas de la Sra. Elba Esther Irusquibelar al nicho ubicado en Bloque 21 Fila 4 Nº 108; en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-

 

Artículo 3ro.- Requerir a la casa fúnebre “Julio Palmieri e Hijos” comparezca al Cementerio Municipal, el día martes 22  de marzo de 2022 a las 9 hs., con la urna que contendría las cenizas de la Sra. Elba Esther Irusquibelar, a los fines del cumplimiento de lo ordenado en el artículo segundo del presente.-

 

Artículo 4to.- Supeditar el cobro de los derechos de cementerio relativo a los ingresos dispuestos en el artículo primero y artículo segundo del presente a la resolución de las actuaciones sumariales y/o disposiciones judiciales dictadas al respecto.- 

 

Artículo 5to.- Dar intervención a la Oficina de cobro de Derechos de Cementerio, a la Oficina Administrativa del Cementerio Municipal y a la Jefatura de  Gabinete, a fin de que instrumenten lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-

 

Artículo 6to.- Notificar lo resuelto en el presente a los familiares e interesados con copia íntegra del presente Decreto.-

 

Artículo 7mo.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.-

 

Artículo 8vo.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al libro de Decretos.-

 

Fdo. Dr. Gustavo Javier Palazzo - Jefe de Gabinete

Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.