Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 595/2022
Adolfo Gonzales Chaves, 29/06/2022
Visto
El Convenio suscripto con fecha 1º de Abril de 2022 entre la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves y la Empresa “TECHINT” que llevará adelante el desarrollo del Parque Eólico en nuestro Distrito; y
Considerando
Que en el Hospital “Anita Elicagaray” se viene prestando servicios a contra turno con intervención de diferentes Profesionales y Administrativos, afectados a realizar exámenes preocupacionales a personas que indica la Empresa para su posible ingreso laboral a la misma;
Que debe retribuirse a los trabajadores municipales por cada uno de los servicios realizados, de acuerdo a valores que se establecen a continuación, los que serán facturados a la Empresa “TECHINT” de acuerdo al Convenio antes mencionado;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Establécese un adicional no remunerativo y no bonificable, de acuerdo a valores que se indican a continuación, a cada una de los Profesionales y/ó Administrativos pertenecientes al Hospital “Anita Elicagaray” que presten servicios a contra turno, para realizar exámenes preocupacionales, en el marco del Convenio celebrado con la Empresa “TECHINT”; los pagos se realizarán contra Certificación de tareas realizadas presentada por la Administración del Hospital y Certificación del pago realizado por parte de la Empresa mencionada de los servicios facturados:
Servicios |
Estudios |
Profesionales Intervinientes |
Valores Establecidos (unitario) |
Cardiología |
E.C.G. |
Enfermero |
$ 300,00 |
Radiología |
Placas (tórax y lumbosacra - fte./perfil) |
Técnico Radiólogo |
$ 500,00 |
Fonoaudiología |
Audiometría |
Fonoaudiólogo |
$ 600,00 |
Clínica Médica |
Evaluación/examen médico/informe/test visual |
Médico Clínico |
$ 2.000,00 |
Administrativo |
Coordinación turnos y agendas, confección legajo físico y digital, compilación de estudios y resultados, presentación informe final de forma digital a Techint |
Administrativo |
$ 600,00 |
ARTICULO 2º: El pago establecido en el Artículo 1º del presente Decreto será imputado a la cuenta del Presupuesto de Gastos vigente que corresponda.-
ARTICULO 3º: Tomen razón Contaduría, Oficina de Liquidaciones, Personal, Dirección del Hospital local y Subsecretario de Recursos Humanos.-
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-