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Decreto Nº441

Decreto Nº 441

Bolivar, 23/02/2022

Visto

El Decreto Municipal N° 3537-21, 3601-21, 3602-21, 3612-21, 3625-21, 3626-21, 3628-21, 3630-21, y;

Considerando

Que el decreto N° 3537-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Catorce Mil Quinientos Veintiocho con 00/100 ($14.528,00) a favor de la Sra. Rosa Alicia Mercedes D.N.I 29.079.840;

              

Que mediante decreto N° 3601-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Cuatro Mil Novecientos Diez con 00/100 ($4.910,00) a favor de la Sra. Gutierrez Laura Silvina D.N.I 25.133.657;

 

Que por decreto N° 3602-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Ocho Mil Novecientos Diez con 00/100 ($8.910,00) a favor de la Sra. Freyre María Andrea D.N.I 27.139.532;

 

Que mediante decreto N° 3612-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Cuatro Mil Trescientos Ochenta y Ocho con 00/100 ($4.388,00) a favor de la Sra. Rodriguez Debora Jaqueline D.N.I 39.482.060;

              

Que mediante decreto N° 3625-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Catorce Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos con 00/100 ($14.482,00) a favor de la Sra. Iriarte Natalia Rafaela D.N.I 44.240.618;

 

Que mediante decreto N° 3626-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Once Mil Doscientos Sesenta y Tres con 00/100 ($11.263,00) a favor de la Sra. Almada Sandra Andrea Karina D.N.I 25.577.321;

 

Que por decreto N° 3628-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Trece Mil Doscientos Cincuenta y Nueve con 00/100 ($13.259,00) a favor de la Sra. Lescano María Rosa D.N.I 20.494.487;

 

Que por decreto N° 3630-21 se otorga un subsidio por la suma de pesos Seis Mil Quinientos Doce con 00/100 ($6.512,00) a favor de la Sra. Acuña Sofia Aylen D.N.I 43.591.449;

 

Que dichas ayudas no fueron necesarias;

 

Que la presente medida se adopta con arreglo a lo normado en el Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal.

 

Por ello;

 

El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

 

 

Artículo 1º: Déjense sin efecto los Decretos Municipales N° 3537-21, 3601-21, 3602-21, 3612-21, 3625-21, 3626-21, 3628-21 y 3630-21 por los motivos expuestos en el considerando del presente acto administrativo.

 

Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Artículo 3º: Comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.