Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1577/22
General Pueyrredon, 07/07/2022
Visto
el Acta Acuerdo de fecha 21 de enero de 2022, incorporada en el Expediente EMDER Nº 204/2020 – Cpo.1, a fs 186/187, celebrada entre la Municipalidad de Gral. Pueyrredon, representada por el señor Secretario de Gobierno, Santiago Bonifatti y el Sindicato de Trabajadores Municipales, representado por el señor Secretario General Antonio José Gilardi, y
Considerando
Que el Apartado 3 de la mencionada Acta expresa lo siguiente: “Las partes acuerdan el completar seiscientos (600) reencasillamientos durante el primer semestre de 2022 por intermedio de la Junta de Ascensos y Calificaciones .-”.
Que la Junta de Ascensos y Calificaciones en el Anexo del Acta Nº 42 (fs.186), da curso favorable a la modificación escalafonaria de varios agentes del EMDER.
Que a fs. 190 la Contaduría del EMDER otorga factibilidad sobre la base de las previsiones contempladas en el Presupuesto de Gastos vigente.
Por ello y, en uso de facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dase de alta a partir del 1º de junio de 2022, a la Agente LUCÍA INÉS URQUÍA - Legajo Nº 32129 - en el cargo de Coordinador Deportivo II con 35 hs semanales – C.F 4-14-00-04, en el Ente Municipal de Deportes y Recreación, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 31 de mayo de 2022; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase a partir del 1º de junio de 2022, la Bonificación Remunerativa para el Grupo Ocupacional Técnico de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales a la Agente LUCÍA INÉS URQUÍA - Legajo Nº 32129 – quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 3º.- Otórgase a partir del 1º de junio de 2022, a la Agente LUCÍA INÉS URQUÍA - Legajo Nº 32129 - un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Técnico Nivel 14 con 35 hs semanales de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS DIEZ CON 84 CTVS ($11410,84).
ARTÍCULO 4.- Dase de alta a partir del 1º de junio de 2022, al Agente MATÍAS EZEQUIEL GASTAN - Legajo Nº 32130 - en el cargo de Coordinador Deportivo II con
35 hs semanales – C.F 4-14-00-04, en el Ente Municipal de Deportes y Recreación, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 31 de mayo de 2022; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase a partir del 1º de junio de 2022, la Bonificación Remunerativa para el Grupo Ocupacional Técnico de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales al Agente MATÍAS EZEQUIEL GASTAN - Legajo Nº 32130 – quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 6º.- Otórgase a partir del 1º de junio de 2022, al Agente MATÍAS EZEQUIEL GASTAN - Legajo Nº 32130 - un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Técnico Nivel 14 con 35 hs semanales de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS DIEZ CON 84 CTVS ($11410,84).
ARTÍCULO 7°.- Dase de alta a partir del 1º de junio de 2022, a la Agente GABRIELA MÓNICA MARTÍN - Legajo Nº 22708 - en el cargo de Abogado Especializado con 35 hs semanales – C.F 2-21-00-03, en el Ente Municipal de Deportes y Recreación, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 31 de mayo de 2022; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 8º.- Acuérdase a partir del 1º de junio de 2022, la Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales, a la Agente GABRIELA MONICA MARTIN - Legajo Nº 22708– quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 9º.- Otórgase a partir del 1º de junio de 2022, a la Agente GABRIELA MONICA MARTIN - Legajo Nº 22708 - un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Profesional Nivel 21 con 35 hs semanales de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON 68 CTVS ($10750,68).
ARTÍCULO 10º.- El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 1º y 4º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Programa 16 - Actividad 1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 1 – Partida Subparcial 4 Personal Técnico del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 11º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 7º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – Actividad 1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 1 – Partida Subparcial 3 Personal Profesional del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 12º.- El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 2° y 5° del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Programa 16 – Actividad 1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 3 – Partida Subparcial 8 Bonificación Remunerativa del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 13º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 8° del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – Actividad 1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 3 – Partida Subparcial 4 Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 14º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 9° del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – Actividad 1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 3 – Partida Subparcial 4 Fondo Compensador del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 15º.- El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 3º y 6° del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Programa 16 – Actividad 1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 3 – Partida Subparcial 4 Fondo Compensador del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 16º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación y Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 17º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
LC/Wgr
MACCIO BONIFATTI MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 1577