Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1561/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 05/07/2022
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyanse, los Artículos 2º y 3º del Decreto Nº 0890/2022, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
“ARTICULO 2º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, a la agente MICAELA PEZZATI (Legajo Nº 30.071/3 – CUIL 27-27741894-6), en el cargo de TECNICO II (C.F. 4-10-67-03 – 40 hs. semanales - Nº de Orden 22126), en la Subsecretaria de Asuntos de la Comunidad (U.E. 02-25-0-0-0-00), dándosele de baja del cargo de Técnico II (C.F. 4-10-67-03 – 40 hs. semanales – Legajo Nº 30.071 – en el Ente Municipal de Deportes y Recreación - U.E. 01-02-0-0-0-00, y por finalizado el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo
ARTICULO 3º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, al agente AGUSTIN VICTOREL (Legajo Nº 32.339 – CUIL 20-29758295-0), en el cargo de TECNICO II (C.F. 4-10-00-03 – 35 hs. semanales), en el Ente Municipal de Deportes y Recreación (U.E. 01-02-0-0-0-00), dándosele de baja del cargo de Técnico II (C.F. 4-10-00-03 – 35 hs. semanales – Nº de Orden 20829 - Legajo Nº 32.339/1 – en la Dirección General de Relaciones con las O.N.Gs. - U.E. 02-25-2-0-0-00), y por finalizado el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo.”
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, al agente AGUSTIN VICTOREL (Legajo Nº 32.339 – CUIL 20-29758295-0), a partir de la fecha de su notificación, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), del cargo de Obrero Inicial con 44 hs semanales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, al agente AGUSTIN VICTOREL (Legajo Nº 32.339 – CUIL 20-29758295-0), a partir de la fecha de su notificación, el FONDO COMPENSADOR, cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Técnico Nivel 10 con 35 hs semanales de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto Nº 0890/2022, deberá imputarse a la: U.E. 01-02-0-0-0-00 - Programa 16 – Actividad 01 – inciso 1 – Partida Principal 1 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 4 – Personal Técnico del Presupuesto de Gastos Vigentes.
ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 2º del presente Decreto deberá imputarse a: U.E. 01-02-0-0-0-00 - Programa 16 - Actividad 01 – Inciso 1 – Partida Principal 1 – Partida Parcial 3 – Partida Subparcial 8 – Bonificación Remunerativa del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 3º del presente Decreto deberá imputarse a: U.E. 01-02-0-0-0-00 - Programa 16 - Actividad 01 – Inciso 1 – Partida Principal 1 – Partida parcial 3 – Partida Subparcial 4 – Fondo Compensador del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO y el señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal y dése intervención al ente Municipal de Deportes y Recreación.
BONIFATTI MACCIO MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 1561