Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1531/22

Decreto Nº 1531/22

General Pueyrredon, 01/07/2022

Visto

los Decretos Nº 1210/19 y 2084/2020, y la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Gobierno, y

Considerando

Que es preciso adecuar la descripción de las funciones que realiza actualmente la Dirección de Administración, dependiente de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría de Gobierno.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Misión y Funciones de la Dirección de Administración, dependiente de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría de Gobierno, que se detallan en el Anexo I que forma parte del presente.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectuar las comunicaciones pertinentes. Cumplido, pase al Departamento Técnico de la Dirección de Personal.

 

 

 

 

 

 

          BONIFATTI        MONTENEGRO

REGISTRADO BAJO Nº 1531

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

SECRETARIA DE GOBIERNO. SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

 

DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN

 

MISION

Canalizar todas las actuaciones administrativas entre el Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante actuando como nexo con éste. Planificar, coordinar y controlar el registro, publicación y preservación de toda la documentación administrativa.

 

FUNCIONES

 

  • Auxiliar al Secretario en las funciones que atañen a la Dirección.

 

  • Auxiliar al Subsecretario y colaborar con la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, prestando asistencia técnica, profesional y administrativa en la elaboración del ordenamiento administrativo y normativo base para el desenvolvimiento de las áreas de la Secretaría y producir la información requerida para la toma de decisiones de la Superioridad.

 

  • Realizar el seguimiento de todos los proyectos vinculados con la gestión técnico, profesional y administrativa y evaluar su oportunidad y conveniencia, previa elevación a la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa.

 

  • Firmar las actuaciones que correspondan.

 

  • Distribuir tareas y redactar Decretos, Resoluciones, Mensajes, Proyectos de Ordenanza y toda otra disposición que competa al área.

 

  • Entender en la organización del registro de toda la documentación recibida, tramitada y recepcionada en la dependencia.

 

  • Canalizar en forma exclusiva, los documentos y actuaciones que circulen desde y hacia el Honorable Concejo Deliberante, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Nº 1510/83.

 

  •  Tramitar la firma del Señor Intendente Municipal en documentos oficiales internos y externos.

 

  • Controlar el cumplimiento de los requisitos formales, administrativos y legales y de los actos administrativos de Administración Central y Entes Descentralizados elevados a la firma del señor Intendente Municipal.

 

  • Realizar el visado de los proyectos de actos administrativos a fin de autorizar su impresión folio rubricado.

 

 

  • Coordinar las temáticas elevadas a consideración del señor Intendente Municipal.

 

  • Certificar la copia fiel de los actos administrativos que en hojas foliadas y rubricadas por el Honorable Tribunal de Cuentas, se incorporen al Libro de Registro de Resoluciones y Decretos, estando esta función a cargo del titular de la Dirección de Administración en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 882/99.

 

  •  Recibir, analizar, seleccionar, derivar y tramitar las ordenanzas, comunicaciones, decretos y resoluciones sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante, realizando la estadística anual de toda la información recibida y emitida.

 

  • Redactar los decretos de promulgación de las ordenanzas sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante.

 

  • Recibir, analizar, derivar y tramitar los pedidos de informes de comisiones del Honorable Concejo Deliberante.

 

  • Fiscalizar el cumplimiento de la Ordenanza General Nº 267, de acuerdo a la competencia atribuida a través del Decreto Nº 198/82, Artículo 3º.

 

  • Proveer asesoramiento de carácter técnico, profesional y administrativo a las distintas Secretarias y Entes Descentralizados.

 

  • Tramitar los expedientes relativos a las funciones a su cargo y efectuar el diligenciamiento de todas las actuaciones administrativas que le competen.

 

  • Analizar los circuitos administrativos del área y sistemas informáticos, proponiendo las mejoras necesarias para una mayor eficiencia de las tareas.

 

  • Proponer la actualización de las disposiciones que por razones tecnológicas o prácticas se torne necesario usar, sugiriendo los cambios necesarios.

 

  • Velar por la correcta iniciación de los expedientes, su archivo y preservación, y la guarda de legislación municipal e impresión de formularios y demás papelería de uso, entendiendo en las comunicaciones del municipio, a través de las dependencias competentes a su cargo.

 

  • Supervisar el funcionamiento de la Mesa General de Entradas verificando el cumplimiento a las directivas al responsable de la misma.

 

  • Recibir, clasificar, despachar y distribuir la correspondencia municipal a través de la dependencia competente.

 

  • Conocer el estado de las tareas y desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal a cargo, velando por la disciplina, higiene, orden y correcta atención al público.

 

  •  Identificar las necesidades de capacitación y proponer las actividades que contribuyan al mejor desempeño del personal en sus puestos, articulando la participación de los agentes a su cargo.

 

  • Mantener actualizado el cargo patrimonial de los elementos, muebles, instalaciones y útiles de trabajo, verificando su buen uso, cuidado y conservación.

 

  •  Asesorar a la superioridad en materia específica de su competencia.

 

  • Supervisar el control de la limpieza realizada por la empresa contratada, conforme lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones a través de la dependencia competente a su cargo.