Boletines/Chascomús
Decreto Nº 553/22
Chascomús, 03/06/2022
DECLARACIÓN DE INTERÉS TURISTICO DE LA MUNICIPALIDAD DE CHASCOMÚS
Visto
La realización del “1° Encuentro de la Red Argentina de Destinos Turísticos Inteligentes” que se desarrollará en Escobar, provincia de Buenos Aires, los días 2 y 3 de Junio; y
Considerando
Que Chascomús estará representada en el 1° encuentro de la Red Argentina de Destinos Turísticos Inteligentes por la Secretaría de Planificación y Turismo.
Que uno de los objetivos planteados por la referida Secretaría es la capacitación y participación en este tipo de eventos para continuar el proceso hacia la transformación de Chascomús en un destino turístico inteligente.
Que Chascomús forma parte de la red de destinos turísticos inteligentes desde el año 2020 como municipio adherido.
Que la red de destinos turísticos inteligentes es un espacio de intercambio de experiencias y conocimientos con la finalidad de impulsar los destinos turísticos inteligentes de Argentina que está constituida por gobiernos municipales, provinciales y nacionales, instituciones académicas, organizaciones de bien público y representantes del sector privado.
Que en el mismo participarán más de 80 municipios adheridos a esta red, contará con la participación de ministros, secretarios, intendentes y equipos de trabajo.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Declárese de Interés Turístico de la Intendencia de la Municipalidad de Chascomús, la participación de la Secretaría de Planificación y Turismo en el “1° Encuentro de la Red Argentina de Destinos Turísticos Inteligentes” que se realizará en Escobar, provincia de Buenos Aires, los días 2 y 3 de Junio de 2022.-
ARTICULO 2°.- Otórguese al Secretario de Planificación y Turismo, Leandro Otondo, suministro de fondos con cargo de rendición de cuentas por un importe de pesos setenta y cinco mil ($75.000), para cubrir los gastos de viáticos, traslado, hospedaje, ceremonial, etc., que demande la participación de la citada Secretaría en el 3“1° Encuentro de la Red Argentina de Destinos Turísticos Inteligentes”.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 111015000, Categoría Programática 52.01.00, Partida del gasto 3.7.2.0, F.F 110.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Contaduría y Tesorería.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-