Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 465
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/06/2022
Visto las presentes actuaciones iniciadas por representantes de la empresa "Circo Roda", solicitando autorización para desarrollar la actividad de circo, desde el día 27 de junio de 2022 y por el término de noventa (90) días, y considerando:
Que la Dirección General de Espacios Públicos autorizó su instalación, por el plazo solicitado, en el Parque de la Ciudad.-
Que la Dirección de Defensa Civil, en su informe del día 23 de junio de 2022, recomienda que la autorización esté supeditada al cumplimiento de diversos requisitos.
Por lo expuesto, el SECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades conferidas por el Art. 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º) - Autorizar a la Empresa "Circo Roda" a instalarse y funcionar en un sector del Parque de la Ciudad, conforme a lo resuelto por la Dirección General de Espacios Públicos, desde el 27 de junio de 2022 y por el término de noventa (90) días.-
ARTICULO 2º) - Hágase saber a los organizadores que la autorización de funcionamiento otorgada en el artículo 1º de la presente está supeditada a la presentación ante la Dirección General de Defensa Civil, de la siguiente documentación:
- Copia de la póliza de seguro al espectador con último recibo de pago.-
- Copia del contrato del servicio de emergencias (ambulancia).-
- Informe técnico de la estructura a montar (carpa) elaborado por profesional de incumbencia matriculado y visado por el Colegio correspondiente, con fecha actual.-
- Informe técnico de la instalación eléctrica y del generador (en caso de que se instale uno), elaborado por profesional de incumbencia matriculado y visado por el Colegio correspondiente, con fecha actual.-
- Copia del visto bueno (instalación asegurada) del Departamento Electricidad y Mecánica de la Municipalidad de Bahía Blanca.-
- Final de Obra en Condición de Extinción expedido por Bomberos del Cuartel Central, debiendo incluir el Factor de Ocupación.-
- Plan de Contingencia elaborado por profesional de incumbencia matriculado y visado por el colegio correspondiente, deberá incluir planilla del personal capacitado en uso de extintores y evacuación, actualizado.-
En caso de no cumplimentarse con los requisitos detallados, la presente autorización quedará sin efecto.-
ARTICULO 3º) - Hágase saber a la recurrente que:
ARTICULO 4º) - Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Recaudación, Dirección de Fiscalización, Dirección de Defensa Civil; dése al R.O. y RESERVESE.-