Boletines/Vicente López

Decreto Nº3527/22

Decreto Nº 3527/22

Vicente López, 08/07/2022

Referencia: EXPTE - 4119-001694/2022

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 74 dispuesto por Decreto Nº 2473/22 por la “PROVISION DE LUMINARIA TIPO FAROLA LED DE VEREDA”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 264 se han presentado dos oferentes.

Que a fs. 270/271 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que asimismo, la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de las ofertas presentadas, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada, sugiriendo la adjudicación por menor valor a la firma Compañía Integral de Iluminación S.A por $ 9.073.000,00.

Que asimismo, se desprende de ese informe de fs. 274/276 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con dichos artículos.

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 281.

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma COMPAÑÍA INTEGRAL DE ILUMINACION S.A., por un monto total de Pesos nueve millones setenta y tres mil ($9.073.000,00), la “PROVISION DE LUMINARIA TIPO FAROLA LED DE VEREDA”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares, al Pliego de
Bases y Condiciones Generales y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 281.

Artículo 2º.- La suma de Pesos nueve millones setenta y tres mil ($9.073.000,00), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-3595 y 1-5181, obrantes a fs. 22 y 279 respectivamente.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero por el 50% (cincuenta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Planeamiento y Obras Públicas y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería) y de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Alvarez-Botello