Boletines/Vicente López

Decreto Nº3378/22

Decreto Nº 3378/22

Vicente López, 30/06/2022

Referencia: EXPTE - 4119-000850/2022

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 36 dispuesto por Decreto Nº 1800/22 para la contratación de la obra “PUESTA EN VALOR PLAZOLETA DR. SALVADOR MAZZA”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 834 se han presentado dos oferentes.

Que a fs. 843/844 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de las ofertas presentadas, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada, sugiriendo la adjudicación por menor valor a la firma Urbaser Argentina SA por $ 13.699.090,57.

Que asimismo, se desprende de ese informe de fs. 847 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con dicha obra.

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 852.

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma URBASER ARGENTINA SA, por un monto total de Pesos trece millones seiscientos noventa y nueve mil noventa con cincuenta y siete centavos ($13.699.090,57), la contratación de la obra “PUESTA EN VALOR PLAZOLETA DR. SALVADOR MAZZA”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 852.

Artículo 2º.- La suma de Pesos trece millones seiscientos noventa y nueve mil noventa con cincuenta y siete centavos ($13.699.090,57), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-2939 y 1-5064 obrantes a fs. 41 y 850 respectivamente.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Planeamiento y Obras Públicas y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5º.- Por intermedio de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas se procederá a suscribir el pertinente contrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden de Compra.

Artículo 6º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería) y de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar

Fdo: Martinez-Botello-Gonzalez