Boletines/Vicente López
Resolución Nº 805/22
Vicente López, 21/06/2022
Visto
Que mediante Ia Ordenanza N°37442, prornulgada por Decreto N° 5400 de fecha 17 de diciembre de 2021 se dispuso reglarnentar Ia Condonación dispuesta en los términos de Ia Ley 15.225 Arts. 41° y 42° a los efectos de proceder a Ia identificación y posterior baja de los registros de deuda que considere correspondientes; y;
Considerando
Que, en virtud de Ia dispuesto por Ia rnencionada Ordenanza, Ia Subdirección de Coordinación de Gestión de Cobranzas solicita dictar el pertinente acto administrativo que permita extinguir deudas por condonación en virtud de Ia Ley Provincial N° 15.225;
Que, el artIculo 41° de Ia mencionada Ley dispone que los Municipias de Ia Provincia de Buenos Aires podrán disponer, confarme las competencias constitucionales y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran Ia condonacion de deudas que mantengan los cantribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas al cierre del Ejercicio 2020;
Que, asirnismo, el ArtIculo 42° declara exentas de responsabilidad a las autoridades que no hayan tornado las medidas necesarias para que los créditos municipales se encuentren alcanzados por Ia condonación que se autoriza por el articulo anterior, en Ia medida que no se cornprueben actos dolosos realizadas al efecto.
Que a fs.109 Ia Subdireccion de Coordinación de Gestión de Cobranzas acompaña inforrne de las deudas a dar de baja por "extinción por condonacion Ley Provincial N°15225", en el marco de Ia Ordenanza N°37442 y Decreto 1770/22, por un monto histórico total de $22.400.927,00 (veintidos rnillones cuatrocientos rnil novecientos veintisiete) por los Tributos por: lnspección de Seguridad e Higiene; Canon por Publicidad y Propaganda; Canon por Ocupación y/o Usa de Espacios Püblicos; Tasa por Servicios Varios; Servicios Especiales de Lirnpieza e Higiene; Derechos de Oficina; Tasa por Recargos e Intereses; lnfracción a los Deberes Formales; Estudio, Registro de Pianos y Servicios Inherentes; Verificación de Estructuras y/o soportes de antenas y equipos complernentarios; Tasa Vial Municipal, y sugiere Ia confección del pertinente acto adrninistrativo.
Por ello, SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de las facultades delegadas mediante Decretos N°8/16, 870/17 y 1770/22,
RESUELVE:
Articulo 1°: AUTORIZAR a dar de baja a las deudas incluidas en el Anexo I, que forrna parte integrante del presente, con el códiga de rnovimiento "Extinción de deuda por condonacion Ley Provincial 15.225" por un monto histórico de $22.400.927,00 (veintidos millones cuatrocientos mil novecientos veintisiete), por los Tributos por: lnspección de Seguridad e Higiene; Canon por Publicidad y Propaganda; Canon por Ocupación y/o Uso de Espacios Públicas; Tasa por Servicios Varios; Servicios Especiales de Limpieza e Higiene; Derechos de Oficina; Tasa por Recargos e Intereses; Infracción a los Deberes Forrnales; Estudia, Registro de Planos y Servicios Inherentes; Verificacion de Estructuras y/o soportes de antenas y equipos complementarios; Tasa Vial Municipal por los motivos de Ia mención exordial.
Artículo 2°: Refrendar Ia presente Resolución los Sres Secretarios de Ingresos Públicos, Hacienda y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
Articulo 3°: Tomar conocimiento, las Secretarias de Ingresos Públicos (Direcciones Generales de Fiscalización Tributaria y Cobranzas y de Atención Tributaria), Hacienda y Finanzas (Procesos y Desarrollos lnformáticos); Servicios Públicos (Dirección de Cementerio) y Jefatura de Gabinete.
Articulo 4°: DAR al Registro Municipal de Resoluciones, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo Alvarez-Antonietti-Baistrocchi
Nota: Se publica sin el Anexo