Boletines/Vicente López

Resolución Nº717/22

Resolución Nº 717/22

Vicente López, 09/06/2022

Visto

La nota interpuesta por Ia Sra. Maria Rosenfeldt en su carácter de Titular del Parque Temático Tecnópolis y los términos de Ia Ordenanza lmpositiva N° 34397, y modificatorias, Art. 74° Inc. a) y d); y

Considerando

Que con fecha 11 de marzo de 2020 Ia Organización Mundial de Ia Salud (en adelante Ia OMS), dectaró el brote del virus SARS-CoV-2 coma Pandemia.

Que en el marco de Ia Emergencia Sanitaria Mundial por el avance del Coronavirus COVID-19 se han dictado diversas normas tendientes a morigerar sus efectos en Ia población.

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, N2 260/20, sus modificatorios y demás normas complementarias, se amplió Ia emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley No 27.541, en virtud de Ia Pandemia declarada por Ia OMS en relación con el Coronavirus COVID-19, por el plazo de un año.

Que por Decretb Ng 167/21, se prarrogó Ia emergencia sanitaria dispuesta por Ia Ley No 27541 y ampliada por el Decreto No 260/2020, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que por Decreto Provincial No 132 del 22 de marzo de 2020 fue declarado el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda Ia provincia de Buenos Aires por el término de 180 dias, ratificado por Ley No 15.174.

Que esta Municipalidad, con fecha 12 de marzo de 2020 dictó el Decreto No 1318 por el cual adhirió a las términos del precitado Decreto Pravincial.

Que por conducta del Decreto de Necesidad y Urgencia No 297 del 19 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional ordenó el "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio", estableciendo restricciones de circulación y abstención de concurrir a sus lugares de trabajo, exceptuando a las actividades y servicios considerados "esenciales".

Que mediante Decretos No 520/20, y madificatorios se dispusieron, segün el territorio, distintas medidas que dieron origen al "distanciamiento social, preventivo y obligatorio".

Que a través del artIculo 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N 125 del 27 de febrera del 2021, y su prórroga dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia No, 168 del 12 de marzo del 2021, el Gobierno Nacional estableció las actividades y servicios considerados esenciales.

Que mediante el Decreto No 106 del del 6 de marzo de 2021 el Gobernador de Ia Provincia de Buenos Aires prarrogó por el términa de 180 días el estado de emergencia sanitaria.

Que esta Municipalidad, can fecha 9 de abril de 2021, adhirió at estado de emergencia sanitaria dispuesta por los Gobiernos Nacional y Provincial, declaranda la misma en el Partida de Vicente Lopez, a través del Decreto No 1455.

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia No 235 de fecha 8 de abril de 2021, el Gobierno Nacional dispuso nuevas medidas preventivas ante el avance y progresa del virus SARS-CoV2 y sus diversas variantes, hasta el dia 30 de abril de 2021 inclusive, estableciendo reglas de conducta generales y  obligatorias, suspendiendo actividades sociales y turisticas, disminuyendo el aforo en establecimientos comerciales, y restricciones a Ia circulación nocturna.

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia No 241 de fecha 15 de abril de 2021, se establecieron nuevas medidas, ampliando el horario de restricción de Ia circulación de personas en el AMBA, aumentando Ia limitación horaria de funcionamiento de las actividades de los locales comerciales en general restringiendo además Ia modalidad de funcionamiento de los locales gastronómicos en particular, y suspendiendo actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realicen en ámbitos cerrados, entre otras disposiciones.

Que, frente a este escenario de emergencia, el Estado Municipal además de procurar Ia adopcion de medidas tendientes a Ia protección de Ia salud püblica, debe actuar para morigerar el impacto negativo de Ia Pandemia sobre Ia realidad económica y financiera.

Que Ia referida nota argumenta los diferentes destinos del predio en el marco de Ia emergencia sanitaria, funcionando como Centro Asistencial de Aislamiento y como Centro de Vacunación del Ministerio de Ia Provincia de Buenos Aires para los vecinos de Vicente Lopez.

Que, las instalaciones tambien fueron puestas a disposición para Ia Base Operativa de Seguridad Vial y de Policia Federal y de Bomberos Voluntarios y para Ia Base Operativa del Sistema Integrado de Emergencia (SIES).

Que a fs.15 Ia Dirección de Atención Tributaria informa que, en función de Ia situación expuesta, sugiere dar tratamiento excepcional de bonificación a Ia deuda devengada por los anticipos 2020/03 a 2021/12, período en el cual el predio se encontró impedido de ofrecer actividades por estar afectado a servicios de salud vinculados a Ia pandemia de COVID-19 y aclara que Ia solicitud planteada carece de encuadre en las exenciones normadas en el Capítulo XVI de Ia Ordenanza Fiscal vigente.

Por ello el SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS en el usa de las facultades otorgadas mediante Decretos 8/16, 870/17;
                                                                                        RESUELVE

Art. 1. OTORGAR bonificaciones de carácter general del 100% (cienta por ciento) en los montas determinados de acuerdo con Io establecido en Ia Ordenanza Impositiva No 34397 y Modificatorias, Art. 74 inc. a) y d) a las Cuentas Corrientes 491089 y 491092 a los períodos  comprendidos entre el 2020/03 y 2021/12 de acuerdo a los contenidas de mención exordial.

Art. 2. Tomar conocimiento Ia Secretaria de Ingresos Públicos (Direcciones Generales de Atención Tributaria y de Fiscalización Tributaria y Cobranzas-Coordinación de Gestión de Cobranzas) y Ia Secretaría de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Procesos y Desarrollos Informáticos).

Art. 3. Dar al Registro Municipal de Resoluciones, cumplir, hacer saber y archivar oportunamente.

Fdo: Antonietti