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Decreto Nº1056-22

Decreto Nº 1056-22

Lobería, 23/06/2022

DESÍGNASE, en carácter de destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, La Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/17 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.585/21; y

 

Considerando

QUE, el Director de Protección Ciudadana de la Comuna, Sr. JULIO OSVALDO MERINO, solicita la designación de personal destajista, para prestar servicios en guardias como operador en el sector de monitoreo, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive;

QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;

                                   

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

 

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de destajista, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive, a la persona que se detalla a continuación, para prestar servicios como operador en el sector de monitoreo:

APELLIDO Y NOMBRE                                          NÚMERO DE DOCUMENTO

NAVARRO, MAURO GABRIEL                                               32.700.656

ARTÍCULO 2.- El monto por guardia a abonar será de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.306,68.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.983,74.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 276,80.  La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110102000 Secretaría de Gobierno – 20 Dirección de Protección Ciudadana – 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo – F.F 131 De origen municipal” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros, Dirección de Protección Ciudadana y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 1.056-22