Boletines/Lobería
Decreto Nº 1051-22
Lobería, 22/06/2022
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.585/21, el Decreto Nº 100/22; y
Considerando
QUE, el Director de Servicios Públicos EMILIANO MARINIER, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de electricidad en el sector de materiales a reciclar (SEMAR), a partir del 21 de junio de 2022;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MENDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de electricidad en el sector de materiales a reciclar (SEMAR), a partir del 21 de junio de 2022.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar se detallan a continuación:
- Cambiar equipo completo en pilar de luz.
- Colocar caja de tomacorriente con bases portafusibles NH y caja para térmica.
- Romper pared de pilar para acondicionar cajas y revocar.
- Realizar 1m de zanja para cableado.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS VEINTINUEVE MIL SETENTA Y CINCO ($ 29.075.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS VEINTICINCO MIL CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 25.004,50.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 3.489. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente – 16 Dirección de Desarrollo Local – 61 Sector de Materiales a Reciclar – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento, Dirección de Servicios Públicos, Dirección de Desarrollo Local, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 1.051-22