Boletines/Campana
Resolución Nº 3/22
Campana, 10/06/2022
Visto
El Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta N° 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Expediente Municipal N° 4016-23008-0-2022 y su Alcance I, el Decreto DECTO-2022-152- E-MUNICAM-INT; y
Considerando
Que ante la necesidad de que las mujeres y madres de Campana puedan aumentar e intensificar su potencial, desarrollar sus capacidades y habilidades, con la finalidad de acrecentar la autoconfianza, la seguridad en sí mismas, llevando al máximo su fortaleza con el objetivo de que pueda mejorar su realidad social, económica, psicológica y/o espiritual, para que puedan tener una función fundamental en la crianza y acompañamiento de sus hijos, mediante el Decreto DECTO2020-557-E-MUNICAM-INT el Departamento Ejecutivo creó el Programa “Red de Mujeres y Madres de Campana”.
Que asimismo, en el marco de la emergencia alimentaria declarada en el Partido de Campana, y con el objetivo de acompañar y brindar contención a las familias de nuestra ciudad que se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica, a través del Decreto DECTO-2022-152-E-MUNICAM-INT se aprobó la planificación de ayuda para las beneficiarias del programa, consistiendo en el otorgamiento de tarjetas precargadas sin costo para la adquisición de alimentos e insumos necesarios.
Que la implementación de este servicio de compra permite dar una respuesta rápida y adecuada, buscando hacer frente a las dificultades que presentan las mujeres y madres de bajos recursos de nuestra ciudad; estrategia que permite asimismo economizar los recursos humanos y financieros del municipio.
Que mediante el Artículo 2º de dicho Decreto se delega en la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura la facultad de integrar y/o modificar mensualmente, hasta el límite total de treinta y cinco (35) beneficiarias correspondientes al Programa ¨Red de Mujeres y Madres de Campana¨, por la suma mensual de Pesos Catorce Mil ($14.000.-) para cada beneficiaria, durante el periodo comprendido desde el mes de abril de 2022 y hasta el mes de diciembre del mismo año.
Que por lo precedentemente expuesto, en uso de las atribuciones otorgadas por el Decreto DECTO-2022-152-EMUNICAM-INT, corresponde dictar la presente medida.
Que el presente acto administrativo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Por ello,
LA SEÑORA SECRETARIA DE INCLUSIÓN, EDUCACIÓN Y CULTURA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otórguese tarjetas precargadas sin costo a las beneficiarias del Programa ¨Red de Mujeres y Madres de Campana¨ que figuran en la nómina del ANEXO que forma parte integrante de la presente, en concepto de ayuda económica para asistir a familias en situación de vulnerabilidad social, en el marco de la emergencia alimentaria declarada en el Partido de Campana y en virtud de lo dispuesto mediante el Decreto DECTO-2022-152-E-MUNICAMINT.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que lo dispuesto por la presente comprende la carga del saldo correspondiente al mes de junio del corriente año.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese; notifíquese; publíquese y archívese.-