Boletines/Saladillo
Ordenanza Nº 3800
Saladillo, 29/04/2022
VISTO el expediente N° 65/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 1625/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a crear el programa de “Acompañamiento Familiar 1.000 días Saladillo”;
que, las personas gestantes, su pareja y/o familia, tienen derecho a recibir la atención y la información necesaria para cuidar su salud y la de su hijo; como así también que los niños y adolescentes, sujetos de derechos, tienen, entre otros, el derecho a crecer y desarrollarse de manera saludable, para poder alcanzar todo su potencial y el Estado tiene la obligación de garantizar las condiciones para que puedan acceder a sus derechos;
que, sabemos por múltiples estudios avalados por distintas sociedades de pediatría y de acuerdo con informes de Unicef, que el proceso de desarrollo de los seres humanos comienza desde la concepción e implantación por técnica de reproducción humana asistida que implica una compleja interacción de las conexiones neuronales que van formándose a partir de la genética y la experiencia con el entorno. Es un proceso complejo de transformaciones que le permitirán al niño adquirir habilidades que permitan avanzar hacia su autonomía. Debe interpretarse desde una visión interdisciplinaria que englobe lo psicosocial y sobre todo lo cultural, así, cuando uno niño levanta la cabeza o descubre un objeto, lo que observamos es un comportamiento que se relaciona necesariamente y tiene que ver, con adultos, cuidados, afectos, alimentación, familia, barrio, costumbres y cultura, en un momento histórico dado;
que, la vida prenatal y la primera infancia son momentos fundamentales para la constitución subjetiva, la construcción de intersubjetividad, los primeros vínculos. Es un período corto pero muy sensible, crítico para el desarrollo cognitivo, y de las destrezas sociales y emocionales de las personas, las experiencias vividas en esta etapa afectarán de manera positiva o negativa la adultez. Para que las niñas y niños puedan crecer saludables, desarrollar integralmente su potencial, aprender y progresar necesitan un ambiente físico seguro, y socioemocional estable que los proteja y cuide y respete su dignidad como personas. Necesitan una nutrición adecuada, la promoción integral de la salud, crianza saludable y respetuosa, la estimulación positiva, vínculos amorosos, lo que facilita las oportunidades de aprendizaje temprano. Asegurar un desarrollo saludable, no sólo es beneficioso para cada individuo, pues disminuye sus posibilidades de enfermar/fallecer y le permite adquirir múltiples habilidades, sino que además promueve la interacción respetuosa con los otros, estimula vínculos positivos, aportando a la construcción de una sociedad más justa y solidaria, saludable;
que, dado la importancia del contexto, y los múltiples factores que influyen en el desarrollo infantil temprano, es necesario un enfoque multi-sectorial e interdisciplinario en el diseño de las políticas públicas destinadas a su cuidado;
que, desde la Dirección de Prevención y Promoción de la Salud y la Subsecretaría de Niñez, Adolescencias, Juventudes y Familia entendemos como Instituciones del Estado, preocuparnos y ocuparnos de aportar desde nuestras áreas a la construcción de entornos saludables para el crecimiento y desarrollo de los niños y adolescentes y acompañamiento a la familia. Creemos que la promoción del crecimiento y desarrollo en el embarazo y los primeros años debe ser considerado como un bien social, ya que como hemos explicado el cuidado en los primeros momentos de la vida son la base para la salud de los adultos y de la comunidad;
que, proponemos implementar el Programa “Acompañamiento Familiar 1000 días” (270 prenatales y 730 de los dos primeros años), que se amplían a los Programas de Promoción de la Salud Prenatal y de Promoción de la Salud de Niños y Adolescentes que se están desarrollando desde hace años en nuestros CAPS. Los complementa y enriquece al integrarlos en sus propuestas, profundiza en la atención integral de la salud siempre desde la perspectiva de derechos y de género, fortaleciendo a los distintos servicios municipales que intervienen transversalmente en el seguimiento del embarazo y la niñez;
que, el programa de “Acompañamiento Familiar 1000 días” propone el acompañamiento y asistencia a personas gestantes, madres/padres/adultos cuidadores de niños menores a dos años y niños hasta los dos años, que viven hoy en el Partido de Saladillo, a través de un conjunto de políticas públicas dirigidas a la atención integral para los primeros 1000 días de vida;
que, el mismo pone en el centro a los niños y niñas desde su gestación hasta los dos años de edad, así como también a la persona gestante, buscando garantizar y proteger sus derechos para su desarrollo pleno;
que, asimismo, los principios que guían la generación de esta política son el interés superior del niño, la efectividad, la igualdad y no discriminación, y el fortalecimiento del vínculo socio-familiar;
que, reconocer a los niños sujetos de derechos, implica que los adultos deben asumir la responsabilidad de hacer valer esos derechos, familia, comunidad e instituciones del estado;
que, consideramos fundamental apoyar a los adultos en esa labor: promover habilidades, capacidades y brindar herramientas a los cuidadores (madre/padre/adulto responsable/referente socio-comunitario), potenciar los recursos de las familias, y fortalecer vínculos y redes comunitarias;
que, entendemos que los Centros de Atención Primaria de la Salud, base de nuestro sistema de salud, son el lugar adecuado para desarrollar estas acciones. Son los CAPS los encargados de vencer las barreras de accesibilidad a la atención y de organizar pautas de cuidado de manera de garantizar el cumplimiento, seguimiento y la calidad de los controles en salud y la derivación oportuna acorde al riesgo;
que, el Equipo de trabajadores del Primer Nivel de Atención conoce a la población de su área programática y construye vínculos conjuntamente con las familias y los niños. Deben nominalizar las personas e incluirlas en distintos programas de atención y de promoción de la salud;
que, en el Centro de Salud, se atienden problemáticas de baja complejidad bio-tecnológica pero de alta complejidad psicosocial. Esta realidad nos marca la necesidad de mejorar nuestras intervenciones, capacitarnos permanentemente y trabajar en Equipo interdisciplinario e intersectorialmente, para brindar la mejor atención y aportar al desarrollo saludable del embarazo y los niños;
que, revaloriza las actividades de promoción y prevención como una herramienta fundamental del equipo de salud, de bajo costo y con una tremenda capacidad de impacto en la calidad de vida;
que, el Programa de Promoción de la salud del Niño, Niña y Adolescente y el Programa de Promoción de Salud Prenatal se complementan a este programa de manera integral; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 26 de abril de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Crear en el ámbito municipal el PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO FAMILIAR 1000 DÍAS SALADILLO, que dependerá de la Dirección de Prevención y Promoción de la Salud y la Subsecretaría de Niñez, Adolescencias, Juventudes y Familia, Secretaría de Gobierno, o la que en su momento la reemplace con similares facultades.-
ARTÍCULO 2°: El Programa contará con los siguientes ejes de abordaje:
--Promoción de la salud integral;
--alimentación y nutrición adecuada; y
--promoción de vínculos saludables, la estimulación temprana y el aprendizaje integral, el desarrollo y crecimiento infantil.-
ARTÍCULO 3°: Objetivo general:
promover cuidados integrales para mejorar la salud de las personas gestantes y los niños de hasta 3 años de vida del partido de Saladillo, entendiendo la salud como construcción colectiva
Objetivos específicos
Actividades
ARTÍCULO 4°: Plan de Actuación: Consulta de la persona gestante por primera vez; derivaciones a consultas multidisciplinarias, seguimiento acorde a lo propuesto en la “Guía de cuidados”. De igual manera se procederá en la atención a los menores de 2 años de edad.
La carga de las planillas de seguimiento de la persona gestante y la planilla de seguimiento de niños y niñas menores de dos años; organización de los turnos médicos de los CAPS, priorizando aquellas personas que se encuentren dentro del Programa.-
ARTÍCULO 5°: Equipos Técnicos Territoriales: El Programa se conforma del Equipo de área de género, crianza y diversidad, dependiente de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencias, Juventudes y Familias, y diversos trabajadores de los CAPS: nutricionistas, psicólogos, obstetras, pediatras, trabajadoras sociales, enfermeros, promotores comunitarios, odontólogos, entre otros, dependientes de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y de la Subsecretaría de Salud.
Articulación con el área de Primera Infancia de Jardines Maternales Municipales, a cargo de la Dirección de Educación.-
ARTÍCULO 6°: KIT: El Programa distribuirá a aquellas familias, que no cuenten con el Plan Qunita de ANSES, un kit municipal, que contendrá pañales, folletería, plan de actuación y libreta, chupete, termómetro, toalla para el bebé, ajuar recién nacido, cambiador, y apósitos post parto.-
ARTÍCULO 7°: PRESUPUESTO: El mismo queda a cargo de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencias, Juventudes y Familias, y la Dirección de Prevención y Promoción de la Salud.-
ARTÍCULO 8°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil veintidós.-
ORDENANZA N° 24/2022.-