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Decreto Nº1041/2022

Decreto Nº 1041/2022

Saladillo, 27/04/2022

Visto

el “Convenio tripartito de administración de fondos” suscripto entre El Ministerio de Educación de la Nación, la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires y el Municipio de Saladillo y  la Resolución Nº 2164/2021 del Ministerio de Educación de la Nación, y

Considerando

que el convenio citado en el visto en sus cláusulas segunda y tercera reglamenta las condiciones de admisibilidad, financiación, contratación y ejecución de obras de infraestructura escolar en la Provincia de Buenos Aires financiadas por el Ministerio de Educación de la Nación, a través de la Dirección General de Infraestructura de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y la Subsecretaría de Infraestructura de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contemplando la construcción, ampliación, refuncionalización o refacción de edificios escolares.

 

QUE, complementariamente, la Resolución citada en el Visto reglamenta todas aquellas cuestiones expresamente no reguladas en el referido CONVENIO y es de aplicación en la Municipalidad de Saladillo en su carácter de Unidad Ejecutora Local (UEL);

 

QUE para su efectiva implementación es necesario crear una Unidad Ejecutora Local (UEL), conformada por un equipo interdisciplinario que garantice la correcta ejecución de las acciones de infraestructura escolar.

 

QUE la Unidad Ejecutora Local (U.E.L) tendrá las funciones y responsabilidades establecidas expresamente en el CONVENIO y, supletoriamente, previstas en los puntos 3.2.2., 3.2.3. y 3.3 de la Resolución 2164/21.

 

QUE la Unidad Ejecutora Local (U.E.L) estará compuesta por el/la titular de la Secretaria de Educación como Coordinador/ra General, el/la titular de la Secretaría de Obras Públicas como responsable del área técnica y el/la titular de la Secretaría de Economía y Hacienda como responsable del área contable

 

QUE los restantes componentes de la Unidad Ejecutora Local, las áreas legales, apoyatura técnica y administrativa, serán provistas por la estructura orgánica municipal, a través de sus áreas pertinentes.

 

QUE atento la exigencia de apertura de una cuenta corriente específica en el Banco de la Nación Argentina contenida en el punto 3.2.3.c) de la Resolución citada, corresponde establecer el área que tendrá a su cargo dicha apertura.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus Facultades;

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1: Crear la UNIDAD EJECUTORA LOCAL (UEL), con las funciones y responsabilidades previstas en el Convenio Tripartito de Administración de Fondos y en los puntos 3.2.2., 3.2.3. y 3.3 de la Resolución 2164/21 del Ministerio de Educación de la Nación.

 

ARTICULO 2: Designar para integrar la UNIDAD EJECUTORA LOCAL (U.E.L) a las siguientes personas:

  • Coordinador/a General: Prof. Pablo David Alberto Censi, titular de la Subsecretaría de Cultura, Educación y Derechos Humanos.
  • Responsable del Área Técnica: Arq. Matías Salomón, el/la titular de la Subsecretaría de Obras Públicas y Planeamiento.
  • Responsable del Área Contable: Cdora. Lorena Azpeitia, el/la titular de la Dirección de Gasto Público.
  • Apoyatura Legal y Apoyatura Administrativa: serán provistas por la estructura orgánica municipal, a través de sus áreas pertinentes.

 

ARTÍCULO 3: La Secretaría de Economía y Hacienda de la Municipalidad  de  Saladillo arbitrará las medidas necesarias para la apertura de la cuenta corriente específica en el Banco de la Nación Argentina exigida en el punto 3.2.3.c) de la Resolución Nº 2641/2021 del Ministerio de Educación de la Nación, así como para dar cumplimiento a los demás requisitos contables previstos en dicha norma.

 

ARTÍCULO 4: El presente decreto será refrendado por el Sr. Subsecretario de Cultura, Edicación y Derechos Humanos, el Señor Subsecretario de Obras Públicas y Planeamiento y el Secretario de Economía y Hacienda.

 

ARTÏCULO 5: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes Oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos, elevándose copia del presente a la Dirección General de Infraestructura dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Educación de la Nación y a la Subsecretaría de Infraestructura de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires.

 

DECRETO 1041/2022